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Última actualización: 25/10/2024
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección Nacional de Aduanas

Inscripción de proveedores de a bordo

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Inscripción para quedar habilitado ante la Dirección Nacional de Aduanas como proveedor de a bordo.

Requisitos

  • Escrito de solicitud donde conste:
    • denominación,
    • RUT de la firma,
    • teléfono,
    • correo electrónico,
    • y listado de personas autorizadas detallando la vinculación jurídica y los actos para los cuales se los autoriza, (Resolución General 70/2022 y Art. 1 Dec. 96/015 con la modificación dada por el Dec. 325/022).
  • Personas Jurídicas: Certificado Notarial de control de personería, vigencia, representación, objeto, domicilio fiscal y constituido, Leyes 17.904, 18.930 y 19.484 en caso de corresponder. (Art. 1 Dec. 96/015 con la modificación dada por el Dec. 325/022).
  • Posteriormente deberá constituir Garantía (Art. 2 Núm. 4 Dec. 96/015 con la modificación dada por el Dec. 325/022).

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

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