Sitio oficial de la República Oriental del Uruguay
Última actualización: 30/07/2024
Dirección General Impositiva - División Recaudación y Controles Extensivos

Inscripción de sociedad personal con contrato (Colectiva, SRL, en Comandita Simple y Ltda)

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el trámite correspondiente a la inscripción realizada en forma asociativa entre dos o más personas físicas o jurídicas documentada por escrito, y que cumplen con la obligación de inscribirse en la Administración Tributaria, previo al inicio de la actividad económica.

Requisitos

Formularios:

  • Formulario 0351 Inscripción y actualización en 3 vías y doble faz, con timbre profesional.

  • Formulario 0352 personas físicas vinculadas y/o Formulario 0353 personas jurídicas vinculadas, según corresponda en 3 vías y doble faz.

  • Formulario Rec. 205 declaración de sueldos fictos en 2 vías, excepto empresas rurales, con timbre profesional.

Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

Documentación adicional a presentar:

  • Original y fotocopia del contrato social otorgado en escritura pública o documento privado protocolizado o testimonio por exhibición y fotocopia.

  • Certificación notarial, y 2 fotocopias certificando:

    • Firma de todos los socios.

    • Datos de los integrantes:

      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.

      • Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).

      • Fecha de nacimiento.

      • Estado civil.

      • Capacidad legal.

      • Nacionalidad.

      • Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.

    • Que son los únicos integrantes.

    • Nombre de los administradores y representantes, en caso de no ser socios se requiere certificación de firma y los demás datos que se solicitó a los integrantes de la sociedad.

    • En caso de socios personas jurídicas deberá realizarse control de la personería jurídica, representación y domicilio fiscal.

    • En caso de persona jurídica administradora o representante, nombrar a la persona física a través de la cual actuará. Artículo 82 Ley 16.060.

    • Personería y representación completa, incluyendo fecha del contrato.

    • Inactividad de la sociedad desde la fecha del contrato a la fecha de inicio, si corresponde.

    • Domicilio fiscal, especificando entre que calles se ubica. Este domicilio corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad.

Aclaraciones:

  • En el formulario se debe indicar el domicilio fiscal e identificar calle y número de puerta. En caso de no contar con número de puerta, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.

  • Si es sociedad integrada por profesionales universitarios, se debe presentar la constancia de registro de la Caja de Profesionales Universitarios (CJPPU) o la constancia de afiliación de la Caja Notarial, según corresponda.

  • Si declara actividad agropecuaria, se deberá tener en cuenta el instructivo Inscripción de empresas rurales (común BPS-DGI).

  • Las empresas deben informar el consejo de salarios correspondiente a su actividad, para su incorporación a la planilla de trabajo unificada. Esta información es necesaria para declarar el ingreso de trabajadores dependientes.

  • Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.

  • Los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.

Otros datos de interés

Constancias del trámite:

  • Formulario 6361 Confirmación de Datos.

  • Copia sellada de los formularios presentados.

Plazo:

  • La inscripción se realiza dentro de las 24 horas siguientes a la firma del contrato o al día de inicio de actividades. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Iniciar trámite en línea

Costos

Dos timbres profesionales $ 250 (Valor vigente del 01 de Julio 2024 al 31 diciembre 2024).

Vías disponibles para realizar el trámite

Los campos indicados con * son obligatorios

Enviar una consulta

A través de este medio únicamente se realizan consultas, no se realizan trámites

CAPTCHA
15 + 4 =
Resuelve este simple problema matemático y presiona enter. Ej: para 1+3 enter 4
Esta pregunta es para comprobar si usted es un visitante humano y prevenir envíos de spam automatizado.