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Última actualización: 21/10/2021
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General Impositiva

Inscripción de una sucesión para Impuesto al Patrimonio

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Procedimiento mediante el cual, quienes son contribuyentes del Impuesto al Patrimonio, como Sucesión solicitan un número de registro a los efectos de cumplir con las obligaciones de liquidación y pago de dicho impuesto.

Requisitos

  • Los requisitos varían de acuerdo a la modalidad en la que se desea realizar el trámite: presencial o por internet.

Otros datos de interés

Constancia del Trámite:

  • Formulario 6351 Constancia de Inscripción (Tarjeta de RUT.).
  • Formulario 6361 Confirmación de Datos.
  • Copia sellada de los formularios presentados.

Plazo:

  • Fecha de vencimiento del pago del saldo o de la Declaración Jurada del Impuesto al Patrimonio.
Iniciar trámite en línea

Costos

  • Timbre profesional.

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    En línea desde la Web de DGI a través del Gestor de trámites:

    En persona

    Formularios:

    • Formulario 0351 “Inscripción y actualización” (en 2 vías), con timbre profesional.
    • Formulario 0352 “Personas Físicas vinculadas” (en 2 vías)

    Ver Formularios Documentación a presentar:

    • Fotocopia del documento de identidad vigente de todos los presuntos herederos.
    • Certificación notarial (original y copia simple) de:
      • Firma de todos los presuntos herederos
      • Fecha del fallecimiento del causante y quienes son los presuntos únicos herederos.
      • Datos de todos los presuntos herederos:
        • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido
        • Documento de Identidad (tipo, país de origen y número)
        • Fecha de nacimiento
        • Estado civil
        • Mayoría edad
        • Nacionalidad
        • Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
    • Domicilio fiscal, especificando entre que calles se ubica. (*)

    Modelo de Certificación Notarial

    Nota:

    • El domicilio fiscal será donde se ubica el inmueble en caso de ser más de uno se tomará el de mayor valor.

    (*) Aclaración: en el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número. En caso de no contar con número, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    Gestor de trámites:

    1. Ingresando al botón: "Iniciar trámite en línea".
    2. Trámites / Solicitud de inicio
    3. Seleccionar: Trámite RUT Exclusivo DGI.
    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Concurrir con la documentación solicitada.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    Previa Agenda Web

    En Montevideo:

    • Local DGI  - Fernández Crespo 1534 – Sector RUT-EXCLUSIVO Subsuelo.
    • Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web Exclusivo DGI.

    En Interior:

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