Inscripción de una sucesión para Impuesto al Patrimonio
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite que surge como consecuencia del fallecimiento de una persona física, y el/los presuntos herederos cumplen con la obligación de inscribir la sucesión indivisa como contribuyente de Impuesto al Patrimonio en la Administración Tributaria hasta tanto no sean declarados judicialmente herederos.
Requisitos
Formularios:
- Formulario 0351 Inscripción y actualización
- Formulario 0352- Anexo de inscripción y actualización de personas físicas vinculadas, con los datos de las personas físicas vinculadas, si corresponde.
- En el caso en que tengan personas jurídicas vinculadas, Formulario 0353 Anexo de inscripción y actualización de personas jurídicas vinculadas con los datos de dichas entidades.
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación a presentar:
- Certificación notarial conteniendo:
- Firma de todos los presuntos herederos.
- Fecha del fallecimiento del causante y quienes son los únicos presuntos herederos.
- Datos de todos los presuntos herederos:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
- Estado civil.
- Fecha de nacimiento
- Nacionalidad.
- Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
- Domicilio fiscal, especificando entre que calles se ubica. Este domicilio corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad (arrendamiento).
Aclaraciones:
- En el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número. En caso de no contar con número, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.
- En el caso de que alguno de los integrantes no sea residente, en su lugar firmará el apoderado quien podrá hacerlo a través de mandato verbal. Aplica exclusivamente para rentas IRPF/IRNR.
- El domicilio fiscal será donde se ubica el inmueble en caso de ser más de uno se tomará al de mayor valor (IRPF/IRNR/IP).
Otros datos de interés
Plazo:
- La inscripción se realiza hasta la fecha de vencimiento de la presentación de la Declaración jurada de Impuesto al Patrimonio.
Constancia del trámite:
- Formulario 6361 Confirmación de datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
En persona
Montevideo:
- Agendarse previamente, ingresando a AGENDA – Registro Único Tributario, y posteriormente seleccionar Departamento: Montevideo; Trámite: Exclusivo DGI; Sector: RUT Exclusivo – Subsuelo.
- Presentar dos copias de los formularios y otra documentación adicional que se detalla en Requisitos Específicos.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaSe inicia el trámite adjuntando documentación desde la web de DGI a través de servicios en línea
- Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea"
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Seleccionar dentro de tramites Solicitud de Inicio
- Completar los datos del formulario
- Seleccionar Trámite RUT Exclusivo DGI y Sub tramite: Persona física, Núcleo Familiar, Sucesión Indivisa.
En persona
- Concurrir el día y hora previamente agendado o asignado, con la documentación solicitada.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Local DGI
- Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Exclusivo.
- Deberá agendarse previamente, ingresando a AGENDA – Registro Único Tributario, y posteriormente seleccionar Departamento: Montevideo; Trámite: Exclusivo DGI; Sector: RUT Exclusivo – Subsuelo.
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