Inscripción de Sucesión Indivisa sin actividad empresarial
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite que surge como consecuencia del fallecimiento de una persona física, y el/los presuntos herederos cumplen con la obligación de inscribirla en la Administración Tributaria hasta tanto no sean declarados judicialmente herederos.
Requisitos
Formularios
- Formulario 0351 Inscripción y actualización
- Formulario 0352- Anexo de inscripción y actualización de personas físicas vinculadas, con los datos de las personas físicas vinculadas, si corresponde.
- En el caso en que tengan personas jurídicas vinculadas, Formulario 0353 Anexo de inscripción y actualización de personas jurídicas vinculadas con los datos de dichas entidades.
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación a presentar:
- Certificación notarial conteniendo:
- Firma de todos los presuntos herederos.
- Fecha del fallecimiento del causante y quienes son los únicos presuntos herederos.
- Datos de todos los presuntos herederos:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
- Fecha de nacimiento.
- Estado civil.
- Capacidad legal.
- Nacionalidad.
- Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
- Domicilio fiscal, especificando entre que calles se ubica. Este domicilio corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad (arrendamiento).
Aclaraciones:
- En el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número. En caso de no contar con número, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.
- En el caso de que alguno de los integrantes no sea residente, en su lugar firmará el apoderado quien podrá hacerlo a través de mandato verbal. Aplica exclusivamente para rentas IRPF/IRNR.
- El domicilio fiscal será donde se ubica el inmueble en caso de ser más de uno se tomará al de mayor valor (IRPF/IRNR/IP).
Otros datos de interés
Plazo:
- La inscripción se realiza dentro de los 30 días corridos a partir del fallecimiento del titular.
- En caso de inscripción por arrendamiento, si el inmueble no estaba arrendado al momento de fallecer, los 30 días corren a partir de que el/los inmuebles comenzaron a estar arrendados.
Constancia del trámite:
- Formulario 6361 Confirmación de datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
En persona
- Agendarse previamente, ingresando a AGENDA – Registro Único Tributario, y posteriormente seleccionar:
- Departamento: Montevideo; Trámite: Exclusivo DGI; Sector: RUT Exclusivo – Subsuelo.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Seleccionar dentro de tramites Solicitud de Inicio
- Completar los datos del formulario
- Seleccionar Trámite RUT Exclusivo DGI y Sub tramite: Persona física, Núcleo Familiar, Sucesión Indivisa.
En persona
- Concurrir el día y hora previamente agendado o asignado, con la documentación solicitada.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Local DGI
- Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Exclusivo.
- Deberá agendarse previamente, ingresando a AGENDA – Registro Único Tributario, y posteriormente seleccionar:
- Departamento: Montevideo; Trámite: Exclusivo DGI; Sector: RUT Exclusivo – Subsuelo.
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