Ley 17.930 Art. 358 - Solicitud de Certificado - Maldonado
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite que permite solicitar el certificado para ampararse en el cumplimiento del Artículo 358 de la Ley N°17.930.
Lo podrán gestionar escribanos y profesionales que realizan una enajenación, promesa de compraventa, inscripta o no, cesión y, en general, todo acto o contrato, sobre cuotas indivisas de bienes inmuebles ubicados en las zonas urbanas no consolidadas, suburbanas o rurales con destino a la formación de centros poblados o de núcleos de viviendas.
Requisitos
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
Aportar datos.
- Del padrón (o de los padrones).
- En caso de no tener el CM (es el código municipal), puede consultarlo al 4222 3333.
- Del padrón (o de los padrones).
Aportar datos personales.
- Del gestionante.
Otros datos de interés
- El Artículo 358 de la Ley N° 17.930 (2005) regula la venta de partes indivisas de inmuebles, estableciendo la nulidad y sanción de multas a quienes promuevan o faciliten negocios que simulen la formación de centros poblados o núcleos de viviendas mediante la venta de cuotas sobre un mismo inmueble, buscando evitar maniobras especulativas y proteger al adquirente, aplicándose sanciones por la intendencia municipal y remitiendo a la justicia penal si corresponde.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón “Iniciar trámite en línea”.
- Acceder con usuario o medio de identificación electrónica.
- El gestionante deberá completar correctamente el formulario web, ingresando los datos solicitados.
- Recibirá un e-mail con la resolución adoptada por la Administración, y los pasos a seguir si corresponde.
Enlaces de descarga