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Última actualización: 22/01/2026
MALDONADO - Intendencia

Ley 17.930 Art. 358 - Solicitud de Certificado - Maldonado

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite que permite solicitar el certificado para ampararse en el cumplimiento del Artículo 358 de la Ley N°17.930. 

Lo podrán gestionar escribanos y profesionales que realizan una enajenación, promesa de compraventa, inscripta o no, cesión y, en general, todo acto o contrato, sobre cuotas indivisas de bienes inmuebles ubicados en las zonas urbanas no consolidadas, suburbanas o rurales con destino a la formación de centros poblados o de núcleos de viviendas.

Requisitos

  • Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:

  • Aportar datos.

    • Del padrón (o de los padrones).
      • En caso de no tener el CM (es el código municipal), puede consultarlo al 4222 3333.
  • Aportar datos personales.

    • Del gestionante.

Otros datos de interés

  • El Artículo 358 de la Ley N° 17.930 (2005) regula la venta de partes indivisas de inmuebles, estableciendo la nulidad y sanción de multas a quienes promuevan o faciliten negocios que simulen la formación de centros poblados o núcleos de viviendas mediante la venta de cuotas sobre un mismo inmueble, buscando evitar maniobras especulativas y proteger al adquirente, aplicándose sanciones por la intendencia municipal y remitiendo a la justicia penal si corresponde. 
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Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar en el botón “Iniciar trámite en línea”.
    2. Acceder con usuario o medio de identificación electrónica.
    3. El gestionante deberá completar correctamente el formulario web, ingresando los datos solicitados.
    4. Recibirá un e-mail con la resolución adoptada por la Administración, y los pasos a seguir si corresponde.
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  • Enlaces de descarga

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