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Última actualización: 18/09/2025
Ministerio de Industria, Energía y Minería - Autoridad Reguladora Nacional en Radioprotección

Licencia de operación para radiología

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es la solicitud para obtener la licencia de operación de una instalación en la que se utilizan tomógrafos y/o realiza radiología intervencionista. Se requerirá licencia para el desarrollo de estas prácticas según se establece en las Normas UY 100, 108 y 117.

Requisitos

  • Aportar datos.

    • Informe de Seguridad de la Práctica que se desarrollará en correspondencia con el Anexo 1 de la Guía de autorización para instalaciones y actividades asociadas.
    • Especificaciones técnicas de los equipos (manuales de los equipos)
    • Certificados de calibración de detectores y equipamiento adicional, cuando corresponda.
    • Resultados de las pruebas de aceptación y puesta en servicio de los equipos e instalaciones.
    • En el caso de los trabajadores que requieren Autorización Individual se presentarán las solicitudes de acuerdo a la Guía de Autorización Individual y a las normas específicas de cada práctica.
  • Personería Jurídica.

    • Acreditación de la personería jurídica en caso de tratarse de una institución.
  • Presentación de formulario.

    • Completar el Formulario de solicitud en línea, firmar el formulario (por el representante legal de la institución solicitante) y presentar la documentación.
  • Presentación de Plan.

    • Plan de emergencia.
  • Designación de responsable técnico.

    • Nota de designación del responsable de protección radiológica. La misma debe estar firmada por el representante legal de la institución y por el responsable designado.
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