Modificación de acciones de una sociedad anónima en el Registro Único de Contribuyentes
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el tramite mediante el cual las sociedades anónimas comunican en el RUT la modificación del tipo de sus acciones.
Requisitos
Formularios:
- Formulario 0351 Inscripción y actualización 
Documentación a presentar:
- Original y copia simple de la publicación en el Diario Oficial. 
Aclaración:
- Se requerirá certificación notarial para cambios de acciones cuya vigencia sea anterior al 29/01/2015, indicando el tipo de acciones que correspondían al 29/01/2015 y a la fecha de presentación del trámite.
- Podrá sustituirse la certificación notarial por la aclaración antes referida en observaciones del formulario 0351, firmada por el titular.
Otros datos de interés
- Plazo:- La modifiación se realiza dentro de los 30 días corridos a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
 
- CONSTANCIA DEL TRÁMITE:- Formulario 6361 Confirmación de datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
 
Costos
Un timbre profesional $250 (Valor vigente del 01 de Julio 2024 al 31 de Diciembre de 2024)
Vías disponibles para realizar el trámite
- ¿Qué se necesita?- En persona- Formularios: - Formulario 0351 Inscripción y actualización en 2 vías, con 1 timbre profesional 
 - Documentación a presentar: - Original y copia simple de la publicación en el Diario Oficial. 
 - Aclaraciones: - El trámite debera ser realizado por los representantes, quienes deberán exhibir su documento de identidad original vigente (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por Agesic). En caso de personas físicas extranjeras deberán en todos los casos presentar copia de su documento de identidad. 
- Si el trámite es presentado por un tercero, deberá presentarse certificado notarial. 
 
- ¿Cómo se hace?- Por InternetIniciar en Línea- Se inicia el trámite adjuntando documentación desde la web de DGI a través de servicios en línea - Ingresar en el boton "Iniciar trámite en línea".
- Presionar botón Servicios en línea e ingresar con previa autenticación de uno de los representantes.
- Seleccionar dentro de tramites Solicitud de Inicio
- Completar los datos del formulario
- Seleccionar Trámite RUT Exclusivo DGI y Sub tramite: Modificación de balance u otros datos exclusivos DGI.
 - En persona- Deberá agendarse previamente, ingresando a AGENDA – REGISTRO UNICO TRIBUTARIO, y posteriormente seleccionar Departamento: Montevideo; Trámite: EXCLUSIVO DGI; Sector: RUT EXCLUSIVO – SUBSUELO.
- Concurrir el día y hora previamente agendado o asignado, con la documentación solicitada.
 
- ¿Dónde y cuándo se realiza?- En Montevideo: - Local DGI - Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Exclusivo - subsuelo. 
 - La modifiación se realiza dentro de los 30 días corridos a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones. 
 
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