Modificación de administración y representación de una entidad con contrato en el RUT
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria la modificación respecto de la cláusula de administración y representación del contrato social de sociedades personales.
Requisitos
Formulario 0352 - Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas - DGI
- Establecer las altas, bajas y permanencias de los integrantes y apoderados, de corresponder.
- Correctamente legibles, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Archivo asociado
Formulario 0353 - Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas - DGI
- Si corresponde.
- Establecer las altas, bajas y permanencias de los integrantes y apoderados, de corresponder.
- Correctamente legibles, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Archivo asociado
Formulario R205 - Declaración de Sueldos Fictos - BPS
- Excepto contribuyentes rurales.
- Correctamente legibles, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Presentación de Contrato.
Contrato Social:
- Original o copia autenticada de la modificación del mismo.
Certificación Notarial.
- Presentar únicamente si la nueva administración involucra a un tercero que no integraba la Sociedad, conteniendo:
- Firmas del socio, administrador o director que ingresa.
- Datos individualizantes:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de Identidad, tipo, país de origen y número.
- Fecha de nacimiento.
- Estado civil.
- Nacionalidad.
- Mayoría de edad.
- Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
- Administración y representación.
- En caso que la administración y representación corresponda a directores, establecer que son los únicos.
- En caso de persona jurídica administradora o representante, nombrar a la persona física a través de la cual actuará, artículo 82 Ley 16060.
- En caso de persona jurídica administradora o representante, será necesario además el control de personería, representación y domicilio fiscal de la misma.
- Fecha de la modificación, haciendo referencia al acta o documento privado donde se establece el cambio.
- Presentar únicamente si la nueva administración involucra a un tercero que no integraba la Sociedad, conteniendo:
Pago de multa de DGI
- Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
Otros datos de interés
Plazo:
- Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Constancia del Trámite:
- Formulario 6361 “Confirmación de datos”.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
Usuario BPS.
- El trámite se ingresa en línea desde la web de BPS.
- Se debe contar con Usuario Personal BPS
Esta gestión no requiere etapa presencial si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado asociado al contribuyente que realiza la gestión. De lo contrario, DGI podrá requerir etapa presencial.
Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
Los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
En persona
Agenda previa.
- Reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.
- Sector Registro Único Tributario – RUT
- Departamento: Montevideo
- Trámite: Atención personalizada RUT.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaSe tramita a través del Portal de servicios en línea de BPS:
- Si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente:
- Ingresa con usuario y contraseña
- Seleccionar el trámite “Modificación contribuyente común BPS DGI”
- Identificar el tipo de trámite a realizar.
- Cuando el cambio de integrantes implica la modificación de todos los integrantes del contribuyente con representación:
- Ingresa con usuario y contraseña
- Seleccionar el trámite “Solicitar trámite registral”
- Seleccionar Registro de Contribuyentes Comunes BPS-DGI - Modificación o Clausura – Cambio total de integrantes.
En ambos casos, debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.En persona
En Montevideo:
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
- Los Formularios deben presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 deben ser originales.
- La modificación del contrato social debe presentarse con 3 copias.
- El certificado Notarial debe presentarse el original y 2 copias.
- El trámite requiere un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
En interior:
- No aplica modalidad en persona.
- Si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente:
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- En el local DGI
- Fernández Crespo 1534 Sector RUT ventanilla única, subsuelo.
- En el local DGI
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