Modificación de administración y representación de una entidad con contrato en el RUT
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria la modificación respecto de la cláusula de administración y representación del contrato social de sociedades personales.
Requisitos
Formulario 0352 - Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas - DGI
- Establecer las altas, bajas y permanencias de los integrantes y apoderados, de corresponder.
- Correctamente legibles, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Archivo asociado
Formulario 0353 - Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas - DGI
- Si corresponde.
- Establecer las altas, bajas y permanencias de los integrantes y apoderados, de corresponder.
- Correctamente legibles, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Archivo asociado
Formulario R205 - Declaración de Sueldos Fictos - BPS
- Excepto contribuyentes rurales.
- Correctamente legibles, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Presentación de Contrato.
Contrato Social:
- Original o copia autenticada de la modificación del mismo.
Certificación Notarial.
- Presentar únicamente si la nueva administración involucra a un tercero que no integraba la Sociedad, conteniendo:
- Firmas del socio, administrador o director que ingresa.
- Datos individualizantes:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de Identidad, tipo, país de origen y número.
- Fecha de nacimiento.
- Estado civil.
- Nacionalidad.
- Mayoría de edad.
- Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
- Administración y representación.
- En caso que la administración y representación corresponda a directores, establecer que son los únicos.
- En caso de persona jurídica administradora o representante, nombrar a la persona física a través de la cual actuará, artículo 82 Ley 16060.
- En caso de persona jurídica administradora o representante, será necesario además el control de personería, representación y domicilio fiscal de la misma.
- Fecha de la modificación, haciendo referencia al acta o documento privado donde se establece el cambio.
- Presentar únicamente si la nueva administración involucra a un tercero que no integraba la Sociedad, conteniendo:
Pago de multa de DGI
- Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
Otros datos de interés
Plazo:
- Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Constancia del Trámite:
- Formulario 6361 “Confirmación de datos”.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Usuario BPS.
- Contar con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente que realiza la gestión.
Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
Domicilio Electrónico.
- Los titulares así como los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
En persona
Agenda previa.
- Reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.
- Sector Registro Único Tributario – RUT
- Departamento: Montevideo.
- Trámite: Atención personalizada RUT.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaEl titular, representante o administrador con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, lo gestiona a través del BPS – Mis servicios en línea:
- Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea"
- Acceder con usuario y contraseña o medio de identificación electrónica.
- Seleccionar:
- Todos los servicios
- Gestión de empresas (Registro y modificación de datos de empresa)
- Modificar datos registrales de empresas
- Cambiar integrante o administrador de empresa
- Completar todos los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.
En persona
En Montevideo:
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
- Los Formularios deben presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 deben ser originales.
- La modificación del contrato social debe presentarse con 3 copias.
- El certificado Notarial debe presentarse el original y 2 copias.
- El trámite requiere un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
En interior:
- No aplica modalidad en persona.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- En el local DGI
- Fernández Crespo 1534 Sector RUT ventanilla única, subsuelo.
- En el local DGI
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