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Última actualización: 25/07/2024
Dirección General Impositiva - División Recaudación y Controles Extensivos

Modificación de administración y representación de una entidad con contrato en el RUT

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria la modificación respecto de la cláusula de administración y representación del contrato social de sociedades personales.

Requisitos

Formularios

Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.  

Documentación adicional a presentar

  • Original o copia autenticada de la modificación del contrato social.
  • Si la nueva administración involucra a un tercero que no integraba la sociedad, se requiere certificación notarial conteniendo:
    • Firmas del socio, administrador o director que ingresa.
    • Datos individualizantes:
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
      • Documento de Identidad, tipo, país de origen y número.
      • Fecha de nacimiento.
      • Estado civil.
      • Nacionalidad.
      • Mayoría de edad.
      • Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
    • Administración y representación.
    • En caso que la administración y representación corresponda a directores, establecer que son los únicos.
    • En caso de persona jurídica administradora o representante, nombrar a la persona física a través de la cual actuará, artículo 82 Ley 16060.
    • En caso de persona jurídica administradora o representante, será necesario además el control de personería, representación y domicilio fiscal de la misma.
    • Fecha de la modificación, haciendo referencia al acta o documento privado donde se establece el cambio, documento del que surge el cambio.

Aclaraciones:

 

Otros datos de interés

Plazo:

  • Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Constancia del Trámite:

  • Formulario 6361 “Confirmación de datos”.

 

Iniciar Trámite en Línea

Costos

Timbre profesional $ 250 del 01 de Julio 2024 al 31 diciembre 2024.-

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    Esta gestión no requiere etapa presencial si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado asociado al contribuyente que realiza la gestión. De lo contrario, DGI podrá requerir etapa presencial.

    Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.

    En persona

    En Montevideo:

    • Los Formularios requeridos para el trámite deberán presentarse en tres vías de las cuáles al menos dos deberán ser originales.
    • La modificación del contrato social con tres copias
    • El certificado Notarial deberá presentarse el original y dos copias.
    • El trámite requiere un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.

    En interior:

    • No aplica modalidad en persona.
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, se gestiona a través de Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, donde posterior logueo, deberá seleccionar el trámite “Modificación contribuyente común BPS-DGI” e identificar el tipo de trámite a realizar.
    2. Si el titular, representante o administrador no cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, se gestiona a través de Solicitar trámite registral, donde posterior logueo, deberá seleccionar Registro de contribuyentes Comunes BPS-DGI/ Modificación o Clausura/ Planteos registrales vinculados a domicilio electrónico (DOMEL) .

    En ambos casos, debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.

    Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.

    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
    • ¿Dónde y cuándo se realiza?

      En Montevideo:

      • En el local DGI

        • Fernández Crespo 1534 Sector RUT ventanilla única, subsuelo.

        • Debe reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.

        • Sector Registro Único Tributario – RUT, seleccionar el Departamento correspondiente a su domicilio constituido y el trámite Atención personalizada RUT.

       

    • Enlaces relacionados

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