Modificación de administrador de un edificio
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria la designación de un nuevo administrador de edificio.
Requisitos
Formulario 0352 - Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas - DGI
- El formulario debe incluir firma autógrafa o electrónica avanzada, del titular o representante registrado.
- Correctamente legibles, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Archivo asociado
Formulario 0353 - Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas - DGI
- Si corresponde.
- Correctamente legibles, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Archivo asociado
Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
- Si corresponde, , por cambio de domicilio constituido u otros datos a que hagan referencia el mismo.
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Archivo asociado
Certificado Notarial.
Debe certificar:
- Datos del Administrador, persona física o jurídica, según corresponda:
- Nombre completo.
- Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
- Estado civil.
- Nacionalidad.
- Capacidad legal
- Domicilio particular.
- Personería Jurídica y representación, de corresponder.
- Fecha de la modificación, haciendo referencia que tuvo a la vista el acta de asamblea de propietarios donde se establece el cambio.
- Descripción del domicilio fiscal especificando:
- Número de puerta.
- Entre qué calles se ubica.
- Número de padrón.
- Departamento.
- Sección Judicial.
Documento de Identidad.
- En caso de concurrir el administrador a realizar el trámite deberá exhibir su documento de identidad (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC).
- En caso de concurrir un tercero a realizar el trámite deberá exhibir su documento de identidad (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC).
Comprobante de pago.
- De 10 UR efectuada por el administrador en el MTSS, salvo que el administrador sea uno de los co-propietarios.
Pago de multa de DGI
- Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
Contravención por omisión de deberes formales, inscripción, modificación y clausura
Otros datos de interés
Plazo:
- Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del acta de asamblea de designación del nuevo administrador.
- Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Constancia del trámite:
- Formulario 6361- Confirmación de datos.
Costos
- Timbre Profesional $270 del 01 de Enero 2026 al 31 de diciembre 2026.-
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Usuario BPS.
- Contar con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente que realiza la gestión.
Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
Domicilio Electrónico.
- Los titulares así como los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
En persona
Agenda previa.
- Reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.
- Sector Registro Único Tributario – RUT
- Departamento: Montevideo.
- Trámite: Atención personalizada RUT.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- El titular, representante o administrador con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, lo gestiona a través de la web de BPS:
- Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con usuario y contraseña o medio de identificación electrónica.
- Seleccionar:
- Iniciar solicitudes de trámites de ATYR
- Registro de Contribuyentes comunes DGI-BPS
- Cambiar administrador de edificio
Completar todos los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
- Cuando el cambio de integrantes implica la modificación de todos los integrantes del contribuyente con representación, lo gestiona a través de la de la web de BPS:
- Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con usuario y contraseña o medio de identificación electrónica.
- Seleccionar:
- “Solicitar trámite registral”
- Registro de Contribuyentes Comunes BPS-DGI - Modificación o Clausura –
- Cambio de administrador de edificio.
En ambos casos, debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
Aclaración:: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.En persona
En Montevideo:
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
- Los Formularios deben presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 deben ser originales.
- El certificado Notarial debe presentarse el original y 2 copias.
- El trámite requiere un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
En interior:
- No aplica modalidad en persona.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- En el local DGI
- Fernández Crespo 1534 Sector RUT, subsuelo.
- En el local DGI
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