Modificación: cambio o anexo de una actividad económica o giro
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria la modificación o ampliación de la actividad económica o giro que realiza un contribuyente.
Requisitos
Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
- El formulario debe incluir firma autógrafa o electrónica avanzada, del titular o representante registrado.
Archivo asociado
Formulario R500 - Padrones Rurales - BPS
- Únicamente para actividades rurales.
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Anexo Formulario R 500 - BPS
- Corresponde cuando no coincide la titularidad del padrón con la explotación.
Certificación Notarial.
En caso de realizarse una ampliación o modificación de giro contribuyentes rurales.
Certificando:
- Datos individuales del padrón.
- Titularidad u ocupación a cualquier título.
- Número de padrón.
- Sección judicial o catastral.
- Departamento.
- Ubicación.
- Cantidad de hectáreas.
- Índice Coneat.
- Tipo de explotación y fecha de comienzo.
- Datos individuales del padrón.
Certificado Notarial.
En caso de concurrir un tercero a realizar el trámite, debe certificar:
- Firma del titular o representante.
- Datos personales:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
- Domicilio particular.
- Representación, si corresponde.
Inscripción ante la Dirección General Impositiva - Empresa rural.
- Las empresas rurales deberán tener en cuenta:
- Si la modificación de giro implica pasar de un padrón sin explotación, destinado a:
- autoconsumo,
- actividades recreativas,
- entre otras
- A padrón:
- explotado o
- explotado por terceros
- deberá ajustarse a lo indicado en el trámite Inscripción de Empresa Rural DGI BPS.
- Si la modificación de giro implica pasar de un padrón sin explotación, destinado a:
- Si se presenta la situación contraria, deberá ajustarse a lo indicado en el instructivo de Clausura de empresas de acuerdo a la naturaleza jurídica de la empresa.
- Cuando la nueva actividad queda comprendida en aportación rural y no modifica los padrones explotados, no corresponde presentar el formulario R500 ni la certificación notarial.
- Las empresas rurales deberán tener en cuenta:
Pago de multa de DGI
- Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
Otros datos de interés
PLAZO:
- Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio.
- Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
CONSTANCIA DEL TRÁMITES:
- Formulario 6361 Confirmación de Datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Costos
- Timbre profesional $ 260 del 01 de Julio 2025 al 31 de diciembre 2025.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contrato de adhesión - DGI.
- Debe disponer de clave con contrato de adhesión.
- De no disponer de clave con contrato, podrá acceder a través de su ID Digital, abonando el timbre profesional en línea.
- No es de aplicación para contribuyentes rurales o construcción.
- Si el trámite se realiza fuera de plazo: debe abonar la multa previamente, ya que debe indicar el número de boleto de pago al iniciar el trámite.
Usuario BPS.
- Contar con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente que realiza la gestión.
Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
Domicilio Electrónico.
- Los titulares así como los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
En persona
Agenda previa.
- Reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.
- Sector Registro Único Tributario – RUT
- Departamento: Montevideo
- Trámite: Atención personalizada RUT.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaDesde servicios en línea DGI:
- Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea" a Servicios en línea.
- Loguearse con RUT o con Identidades Digitales
- Registro Único Tributario.
- Modificaciones.
- Completar los datos requeridos para el trámite.
En línea desde la web de BPS:
El titular, representante o administrador con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, lo gestiona a través del Portal de servicios en línea de BPS:
- Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con usuario o medio de identificación electrónica.
- Seleccionar el trámite “Modificación contribuyente común BPS DGI”.
- Identificar el tipo de trámite a realizar.
- Debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.
En persona
En Montevideo:
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
- El Formulario debe presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 sean originales, impresos en doble faz.
- Los formularios deben incluir firma autógrafa o electrónica avanzada, del titular o representante registrado.
- Con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
- La documentación adicional deberá presentarse original y 2 copias.
- El trámite podrá ser presentado por un tercero, únicamente cuando el formulario se encuentre acompañado de certificado notarial con los requisitos establecidos.
En interior
- No aplica modalidad en persona.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- En el local DGI:
- Fernández Crespo 1534
- Sector RUT, subsuelo.
- En el local DGI:
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