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Última actualización: 21/07/2026
Dirección General Impositiva - División Recaudación y Controles Extensivos

Modificación de domicilio constituido en el Registro Único Tributario

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Incumplimiento del Decreto 353/23 - Recepción de denuncia

Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria la modificación del domicilio constituido del contribuyente.

Requisitos

  • Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales

    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
    • El formulario debe incluir firma autógrafa o electrónica avanzada, del titular o representante registrado.

    Archivo asociado

  • Certificado

    • Si el domicilio constituido corresponde a una nueva localidad, se deberá tener vigente el certificado de vigencia anual de DGI.
  • Pago de multa de DGI

    • Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
  • Documento de Identidad.

    • En caso de concurrir el titular o representante a realizar el trámite deberá exhibir su documento de identidad (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC).
    • En caso de concurrir un tercero a realizar el trámite deberá exhibir su documento de identidad (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC). 

Otros datos de interés

PLAZO:

  • Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio.
  • Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

CONSTANCIA DEL TRÁMITES:           

  • Formulario 6361 Confirmación de Datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Iniciar Trámite en Línea

Costos

 

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    En persona

    • Agenda previa.

      • Reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.
      • Sector Registro Único Tributario – RUT
      • Departamento: Montevideo.
      • Trámite: Atención personalizada RUT.
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    Desde servicios en línea DGI

    1. Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea" - Servicios en línea.
    2. Loguearse con RUT o con Identidades Digitales
      • Registro Único Tributario
      • Modificaciones
    3. Completar los campos requeridos.
       

    En línea desde la web de BPS

    1. Ingresar con usuario y contraseña a la web de BPS
    2. Seleccionar “Todos los Servicios”
      1. Modificación contribuyente común BPS DGI
      2. Modificar domicilio constituido o fiscal del contribuyente
    3. Completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.

    Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.

    Iniciar en Línea

    En persona

    En Montevideo:

    1. Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
      • El Formulario debe presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 sean originales, impresos en doble faz.
      • Con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.

    En interior

    • No aplica modalidad en persona.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • En el local DGI
      • Fernández Crespo 1534
      • Sector RUT, Ventanillal única, subsuelo.
  • Enlaces relacionados

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