Modificación de impuestos a los que se está obligado cuando no implica cambio de giro (excepto Monotributo)
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria, un cambio en los impuestos que está obligado el contribuyente.
No comprende los cambios de Monotributo a otro impuesto.
Requisitos
Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
- El formulario debe incluir firma autógrafa o electrónica avanzada, del titular o representante registrado.
Archivo asociado
Formulario 0301 - Inscripción y actualización de personas físicas sin actividad empresarial
- Cuando se trata de modificación de personas físicas sin actividad empresarial.
- No quedan comprendidos los contribuyentes de Impuesto al Patrimonio.
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
- El formulario debe incluir firma autógrafa o electrónica avanzada, del titular o representante registrado.
Archivo asociado
Documento de Identidad.
- Si el trámite es realizado por el/los titular/es o representante deberá exhibir su documento de identidad. (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC). De presentarse un único titular deberá adjuntarse copia de los documentos de identidad de los restantes titulares.
- Si el trámite es realizado por uno un tercero deberá presentar copia del documento de identidad del titular, titulares o representante. El tercero deberá exhibir su documento de identidad (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC).
- En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo.
Pago de multa de DGI
- Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
Otros datos de interés
PLAZO:
- Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio.
- Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
CONSTANCIA DEL TRÁMITE:
- Formulario 6361 - Confirmación de datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
- Formulario 0401 - Persona física sin actividad empresarial - Confirmación de datos.
Costos
- Timbre profesional $ 270 del 01 de enero 2026 al 31 de diciembre 2026.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contrato de adhesión - DGI.
- Debe disponer de clave con contrato de adhesión.
- De no disponer de clave con contrato, podrá acceder a través de su ID Digital, abonando el timbre profesional en línea.
- No es de aplicación para contribuyentes rurales o construcción.
- Si el trámite se realiza fuera de plazo: debe abonar la multa previamente, ya que debe indicar el número de boleto de pago al iniciar el trámite.
- No aplica para contribuyentes que se encuentren en Monotributo y pretendan ampararse en otro régimen.
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
En persona
Agenda previa.
En Montevideo
- Reservar día y hora en DGI a través del servicio de AGENDA
- Sector: Registro Único Tributario – RUT
- Departamento: Montevideo
- Trámite: Exclusivo DGI
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaIngresar a la web de DGI:
- Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea" a Servicios en línea.
- Seleccionar Trámites – Solicitud de inicio
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Seleccionar:
- Trámite: RUT Exclusivo DGI
- Sub trámite: Modificación de balance u otros datos exclusivo DGI
- Adjuntar la documentación correspondiente.
Ingresar a Servicios en línea.
- Loguearse con RUT o con Identidades Digitales
- Registro Único Tributario
- Modificaciones
- Completar los datos requeridos para el trámite.
En persona
En Montevideo:
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
- Los Formularios deben presentarse en 2 vías, de las cuáles al menos 1 debe ser original. Impresos en doble faz.
- La documentación adicional debe presentarse en original y copia.
En Interior:
- No aplica modalidad en persona.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Local DGI - Fernández Crespo 1534
- Sector RUT Subsuelo.
- Local DGI - Fernández Crespo 1534
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