Modificación de impuestos a los que se está obligado cuando no implica cambio de giro
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria, un cambio en los impuestos que esta obligado el contribuyente.
Requisitos
Los requisitos del trámite difieren según la forma de presentación.
Otros datos de interés
Plazo:
- Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio.
- Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Constancia del trámite:
- Formulario 6361 - Confirmación de datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
El trámite puede iniciarse:
Desde servicios en línea DGI - Usuarios Registrados
- Deberá acceder a Servicios en línea, y disponer de clave con contrato de adhesión.
Notas:
- Este servicio permite realizar la modificación de los datos habilitados totalmente en línea, no requiriendo la presentación del contribuyente en nuestras oficinas.
- Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, deberá previamente abonar la multa ya que se le solicitará el número de boleto de pago para iniciar el trámite.
- No aplica para contribuyentes con aportación rural o construcción.
En persona
- Reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI. Sector Registro Único Tributario – RUT
- Para Trámites Exclusivo DGI: seleccionar el Departamento correspondiente a su domicilio constituido.
- Para trámites conjuntos DGI-BPS: seleccionar el Departamento: Montevideo y Trámite Atención Personalizada RUT, donde podrá seleccionar día y hora para concurrir personalmente.
En Montevideo
Formularios
- Formulario 0351 Inscripción y actualización, en 2 vías con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
- Formulario 0301 Inscripción y actualización de personas físicas si se trata de personas físicas sin actividad empresarial.
- Formulario 0453 Inutilización de la documentación detallando papelería impresa no utilizada y última utilizada, cuando corresponda, con timbre profesional.
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación adicional a presentar:
En caso de corresponder (únicamente cuando el trámite no es presentado por su titular o representante) :
- Certificado Notarial que certifique:
- Firma del titular o representante.
- Datos personales:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido
- Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
- Estado civil.
- Capacidad legal
- Nacionalidad.
- Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
Aclaraciones:
El trámite podrá ser presentado únicamente por su titular o representante exhibiendo su documento de identidad. Excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por Agesic. En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo.
De no ser presentado por su titular o representante, deberá presentarse certificado notarial que certifique los datos indicados en documentación adicional a presentar.
En Interior
- No aplica modalidad en persona.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaEn línea - Sin adjuntar documentación:
- Ingresando al botón: "Iniciar trámite en línea".
- Ingresar el número de RUT y la Clave de identificación o identidades digitales, según corresponda (para lo que se deberá contar con clave de contrato de adhesión).
- Ingresar a Registro Único Tributario / "Modificaciones"
- Completar los campos requeridos para el trámite.
En línea - Adjuntando la documentación:
- Ingresar a: "Iniciar trámite en línea".
- Ingresar a Trámites / Solicitud de inicio, debiendo estar su titular o representante previamente logueado.
- Completar los datos del formulario.
- Seleccionar: Trámite RUT Exclusivo DGI- Modificación de balance u otros datos de RUT exclusivo.
- Deberá adjuntar:
- Formulario 0351 - Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales, con un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
- Formulario 0301 Inscripción y actualización de personas físicas si se trata de personas físicas sin actividad empresarial.
- Formulario 0453 Inutilización de la documentación detallando papelería impresa no utilizada y última utilizada, cuando corresponda, con timbre profesional.
En línea desde la web de BPS - Todos los usuarios
En caso de dejar de estar comprendido en el régimen de Monotributo:
- A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR
- Seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS- DGI
- Adicionando a la documentación requerida para realizar el trámite (detallada en requisitos específicos en persona), el formulario Rec. 205 Declaración de sueldos fictos.
No debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
En persona
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Local DGI
- Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Subsuelo.
- Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI. Sector Registro Único Tributario – RUT
- Para Trámites Exclusivo DGI: seleccionar el Departamento correspondiente a su domicilio constituido.
- Para trámites conjuntos DGI-BPS: seleccionar el Departamento: Montevideo y Trámite Atención Personalizada RUT, donde podrá seleccionar día y hora para concurrir personalmente.
En Interior:
- No aplica.
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