Transformación de Naturaleza Jurídica en el RUT
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria la modificación en la naturaleza jurídica del contribuyente.
Requisitos
- Establecer las altas, bajas y permanencias de los integrantes y apoderados, de corresponder.
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Archivo asociado
Formulario 0352 - Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas - DGI
- Establecer las altas, bajas y permanencias de los integrantes y apoderados, de corresponder.
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Archivo asociado
Formulario 0353 - Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas - DGI
- Establecer las altas, bajas y permanencias de los integrantes y apoderados, de corresponder.
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Archivo asociado
Formulario R205 - Declaración de Sueldos Fictos - BPS
- Excepto contribuyentes rurales.
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Publicación Diario Oficial.
- Original de la publicación o constancia de inscripción definitiva en DGR, según corresponda.
Presentación de Contrato.
- Original del contrato social o estatuto otorgado en escritura pública o documento privado protocolizado o testimonio por exhibición.
Certificación Notarial.
- No aplica para SAS
- Debe certificar:
- Firmas y datos personales del firmante:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
- Estado civil.
- Nacionalidad.
- Capacidad legal
- Domicilio particular.
- Representación, administración e integración.
- Modificación.
- Firmas y datos personales del firmante:
Pago de multa de DGI
- Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
Certificado Notarial.
En caso de que el representante legal, administrador o integrante del directorio sea una persona jurídica:
- Acreditar: personería, representación y domicilio fiscal de la misma.
Otros datos de interés
Plazo:
- Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial o inscripción en DGR, según corresponda. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Constancia del trámite:
- Formulario 6361- Confirmación de datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
Usuario BPS.
- El trámite se ingresa en línea desde la web de BPS.
- Se debe contar con Usuario Personal BPS
Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
Los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
- El trámite se ingresa en línea desde la web de BPS.
En persona
Agenda previa.
- Reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.
- Sector Registro Único Tributario – RUT
- Departamento: Montevideo
- Trámite: Atención personalizada RUT.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- El titular, representante o administrador con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, lo gestiona a través del Portal de servicios en línea de BPS:
- Ingresar con Usuario y contraseña
- Seleccionar el trámite “Modificación contribuyente común BPS DGI”
- Identificar el tipo de trámite a realizar.
- Debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.
En persona
En Montevideo:
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
- Los Formularios deben presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 sean originales, impresos en doble faz y con un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado (en Formulario 0351).
- El Formulario 205 BPS - Declaración jurada trabajadores no dependientes, debe presentarse en 2 vías (excepto contribuyentes rurales y SAS).
- La documentación adicional debe presentarse en original y dos copias.
En interior:
- No aplica modalidad en persona.
- El titular, representante o administrador con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, lo gestiona a través del Portal de servicios en línea de BPS:
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- En el local DGI
- Fernández Crespo 1534 Sector RUT ventanilla única, subsuelo.
- En el local DGI
Enlaces relacionados
- Formulario 0351. Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
- Formulario 0352. Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas
- Formulario 0353. Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas
- Formulario 205 BPS Declaración de sueldos fictos