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Última actualización: 19/10/2021
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General Impositiva

Modificación de Naturaleza Jurídica en el RUT

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Proceso a través del cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración la modificación en la Naturaleza Jurídica del contribuyente. 

Requisitos

Formularios:

  • Formulario 0351 “Inscripción y Actualización” (en 3 vías), con timbre profesional.
  • Formulario 0352 “Personas Físicas vinculadas” o 0353 “Personas jurídicas vinculadas” según corresponda, (en 3 vías).
  • Formulario 205 (BPS) “Declaración de Sueldos Fictos” (en 2 vías), excepto contribuyentes rurales, con timbre profesional.

Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).-

Ver Formularios (Formularios BPS)

Documentación a presentar:

  • Formulario 6351 o 6951 si se emite Web (constancia de inscripción en RUT)
  • 2 Fotocopias de cédula de identidad de los titulares.
  • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su cédula de identidad.
  • Original y 2 Fotocopias de la publicación en el Diario Oficial.
  • Original y copia simple o testimonio notarial de la primera copia del contrato social otorgado en documento privado protocolizado o escritura pública.
  • Certificación notarial y 3 fotocopias estableciendo:

Firmas y datos personales del firmante:

  1. Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
  2. Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
  3. Estado civil.
  4. Nacionalidad.
  5. Mayoría de edad.
  6. Domicilio particular.
  • Representación, Administración e integración.
  • Modificación.

Nota:

  1. En caso de que el representante legal, administrador o integrante del directorio sea una persona jurídica se deberá presentar certificación notarial acreditando personería, representación y domicilio fiscal de la misma.
  2. Se deberá establecer en los formularios correspondientes las altas, bajas y permanencias de los integrantes y apoderados (de corresponder).

Otros datos de interés

Constancia del trámite:

  • Formulario 6351 (tarjeta de R.U.T.)
  • Formulario 6361 “Confirmación de datos”
  • Copia sellada de los formularios

Plazo:

  • Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial o inscripción en DGR, según corresponda. Tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

 

Iniciar trámite en línea

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    En persona

    Previa agenda web:

    • En el Registro de Contribuyentes y Empresas.
    • Local DGI.
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    A través del servicio Iniciar solicitudes de trámites de ATyR, debiendo seleccionar el trámite Modificación contribuyente común BPS-DGI. Esta gestión no requiere etapa presencial.   Nota: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.

    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Presentarse con la documentación requerida el día y hora seleccionado.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • En el Registro de Contribuyentes y Empresas.
    • Sarandi 570 – Planta Baja.

     

    • Local DGI.
    • Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Subsuelo.

    En Interior:

    • En las dependencias habilitadas con ‘ventanilla única’ según corresponda al domicilio constituido o en las dependencias de DGI y BPS en ese orden. Ver en Agenda Web Interior DGI lugares que exigen reserva previa.
  • Enlaces relacionados

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