Modificación del nombre o denominación de una Sociedad Anónima y Sociedad de Responsabilidad Limitada
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria la modificación del nombre o denominación de una Sociedad Anónima o Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Requisitos
Formulario:
- Formulario 0351 Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación adicional a presentar:
- Copia de la publicación en el Diario Oficial.
- La copia de la publicación en el Diario Oficial podrá ser sustituido por Certificación Notarial donde se certifique que tuvo a la vista documento privado con firmas certificadas o escritura pública y fecha de la modificación, inscripción en DGR y fechas de publicaciones correspondientes.
Aclaraciones:
- Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, deberá presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.
Otros datos de interés
Plazo:
- Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de publicación en Diario Oficial.
- Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Constancia del trámite:
- Formulario 6361 Confirmación de Datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
El trámite se ingresa en línea desde la web de BPS.
- El representante o administrador debe ingresar con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente que realiza la gestión.
Aclaraciones:
- No debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
- Los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
En persona
En Montevideo
- Los Formularios requeridos para el trámite deberán tramitarse en tres vías, de las cuales al menos dos deberán ser originales, en doble faz, y con un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
- La documentación adicional deberá presentarse en original y dos copias.
- De concurrir un tercero a realizar el trámite, deberá presentarse certificado notarial que certifique los siguientes datos:
- Firmas y datos personales del representante
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
- Estado civil.
- Nacionalidad.
- Capacidad legal
- Domicilio particular.
- Representación, Administración e integración.
- De no contar con certificado notarial que cumpla tales requisitos, el trámite podrá ser presentado únicamente por su representante exhibiendo su documento de identidad. En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo.
En interior
- No aplica modalidad en persona.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea"
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Se gestiona a través de Iniciar solicitudes de trámites de ATYR,
- Seleccionar el tema “Registro de contribuyentes comunes BPS-DGI” e identificar el tipo de trámite a realizar.
- Debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.
En persona
- Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI.
- Sector Registro Único Tributario – RUT, seleccionar el departamento Montevideo y el trámite Atención personalizada RUT.
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Local DGI - Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Subsuelo.
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