Modificación del nombre o denominación de una Sociedad Anónima y Sociedad de Responsabilidad Limitada
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria la modificación del nombre o denominación de una Sociedad Anónima o Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Requisitos
- Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales - Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
 - Archivo asociado
- Publicación Diario Oficial. - La copia de la publicación en el Diario Oficial puede ser sustituida por certificación notarial, indicando:- Que se tuvo a la vista el documento privado con firmas certificadas o escritura pública,
- Fecha de la modificación,
- Inscripción en DGR
- Fechas de publicaciones correspondientes.
 
 
- La copia de la publicación en el Diario Oficial puede ser sustituida por certificación notarial, indicando:
- Pago de multa de DGI - Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
 
- Certificación Notarial. - En caso de concurrir un tercero a realizar el trámite, debe certificar:- Firmas y datos personales del representante:- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de Identidad (tipo, país de origen y número).
- Estado civil.
- Nacionalidad.
- Capacidad legal
- Domicilio particular.
 
- Representación, administración e integración.
 
- Firmas y datos personales del representante:
- De no contar con certificado notarial que cumpla tales requisitos, el trámite debe ser presentado únicamente por su representante exhibiendo su documento de identidad (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC). En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo.
 
- En caso de concurrir un tercero a realizar el trámite, debe certificar:
Otros datos de interés
Plazo:
- Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Constancia del trámite:
- Formulario 6361 Confirmación de Datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
Vías disponibles para realizar el trámite
- ¿Qué se necesita?- Por Internet- Usuario BPS. - Contar con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente que realiza la gestión.
 - Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS. - Los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente. 
- Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser: - Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
 
 - En persona- Agenda previa. - Reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.
- Sector Registro Único Tributario – RUT
- Departamento: Montevideo
- Trámite: Atención personalizada RUT.
 
 
- ¿Cómo se hace?- Por InternetIniciar en Línea- El titular, representante o administrador con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, lo gestiona a través del Portal de servicios en línea de BPS:- Ingresar con Usuario y contraseña
- Seleccionar el trámite “Modificación contribuyente común BPS DGI”
- Identificar el tipo de trámite a realizar.
 
- Debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
 - Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite. - En persona- En Montevideo: - Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.- Los Formularios deben presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 sean originales, impresos en doble faz.
- Con timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
- La documentación adicional debe presentarse en original y dos copias.
 
 - En interior: - No aplica modalidad en persona.
 
- El titular, representante o administrador con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, lo gestiona a través del Portal de servicios en línea de BPS:
- ¿Dónde y cuándo se realiza?- En Montevideo: - En el local DGI- Fernández Crespo 1534 Sector RUT ventanilla única, subsuelo.
 
 
- En el local DGI
- Enlaces relacionados