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Última actualización: 09/06/2026
Dirección General Impositiva

Modificación de titulares, cambio de directorio, representante legal o administrador en una SAS

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Incumplimiento del Decreto 353/23 - Recepción de denuncia

Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria el cambio de directorio, representante legal o administrador de una Sociedad por Acciones Simplificada. 

Requisitos

  • Formulario 0352 - Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas - DGI

    • Si corresponde.
    • Establecer las altas, bajas y permanencias de los integrantes y apoderados, de corresponder.
    • El formulario debe incluir firma autógrafa o electrónica avanzada, del titular o representante registrado.
    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
    • Corresponde indicar el vínculo funcional para las altas y modificaciones de cada integrante, según la empresa por la que aporte. Ampliar información.

    Archivo asociado

  • Formulario 0353 - Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas - DGI

    • Si corresponde.
    • Establecer las altas, bajas y permanencias de los integrantes y apoderados, de corresponder.
    • El formulario debe incluir firma autógrafa o electrónica avanzada, del titular o representante registrado.
    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

    Archivo asociado

  • Formulario R205 - Declaración de Sueldos Fictos - BPS

    • En caso de declarar el ingreso o egreso de un administrador o representante legal que sea múltiple empresario (excepto rural), se debe indicar la empresa por la que realizará los aportes. 
  • Certificación Notarial.

    Certificando: 

    • Firma de los directores, representantes legales o administradores que ingresan.
    • Datos individualizantes de los mismos:
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
      • Documento de Identidad.
      • Estado civil.
      • Nacionalidad.
      • Mayoría de edad.
      • Domicilio particular.
      • Si alguno de los integrantes fuera persona jurídica será necesario el control de personería, representación y domicilio fiscal de dicha entidad vinculada.
    • Administración y representación, indicando la cláusula específica en el estatuto, así como otras complementarias o transitorias relacionadas con ésta. En caso de personas jurídicas administradora o representante, nombrar a la persona física a través de la cual actuará (artículo 82 Ley 16060)
    • Fecha de la modificación, haciendo referencia que tuvo a la vista, según corresponda:
      • El acta del Libro de Actas de asamblea donde se establece el cambio. Si corresponde directorio, indicar como quedó integrado y sus respectivos cargos.
      • Modificación del estatuto otorgado en documento privado con firmas certificadas y protocolizado, escritura pública o Acta de asamblea debidamente transcripta al libro y cuyo primer testimonio se encuentre protocolizado.
  • Documento de Identidad.

    • En caso de que el trámite sea realizado por un tercero deberá exhibir su documento de identidad (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC). 
  • Pago de multa de DGI

    • Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
  • Acreditar representación o titularidad.

    • Los cambios en las personas que la ejercen deben estar habilitados por lo establecido en los estatutos.
    • La totalidad de las funciones corresponderán al representante legal, a no ser que el estatuto prevea de forma expresa la opción del régimen de administrador o directorio.
    • Si es ejercida únicamente por determinada persona, para cambiar el representante legal u optar por un régimen diferente de administrador o directorio será necesario modificar el estatuto.

Otros datos de interés

PLAZO:

  • Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio.
  • Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

CONSTANCIA DEL TRÁMITE:             

  • Formulario 6361 Confirmación de Datos  - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Iniciar Trámite en Línea

Costos

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    En persona

    • Agenda previa.

      • Reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.
      • Sector Registro Único Tributario – RUT
      • Departamento: Montevideo
      • Trámite: Atención personalizada RUT.
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    Se tramita a través del Portal de servicios en línea de BPS:

    Si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente:

    1. Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea"
    2. Acceder con usuario y contraseña o medio de identificación electrónica.
    3. Ingresar a Todos los Servicios  - Modificación contribuyente común BPS DGI.
    4. Seleccionar: Cambiar Integrante o Administrador de empresa.

    Cuando el cambio de integrantes implica la modificación de todos los integrantes del contribuyente con representación:

    1. Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea"
    2. Acceder con usuario y contraseña o medio de identificación electrónica.
    3. Seleccionar el trámite “Solicitar trámite registral”
    4. Seleccionar Registro de Contribuyentes Comunes BPS-DGI - Modificación o Clausura –
    5. En “Tipo de Trámite”, deberá seleccionar: Cambio total de integrantes.

    En ambos casos, debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.


    Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.

    Iniciar en Línea

    En persona

    En Montevideo:

    1. Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
      • Los Formularios deben presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 deben ser originales.
      • El certificado Notarial debe presentarse el original y 2 copias.
      • El trámite requiere un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.

    En interior:

    • No aplica modalidad en persona.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • En el local DGI
      • Fernández Crespo 1534, Subsuelo, Sector RUT. 
  • Enlaces relacionados

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