Modificación de titulares, cambio de directorio, representante legal o administrador en una SAS
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria el cambio de directorio, representante legal o administrador de una Sociedad por Acciones Simplificada.
Requisitos
Formulario 0352 - Actualización / anexo de inscripción de personas físicas vinculadas - DGI
- Si corresponde.
- Establecer las altas, bajas y permanencias de los integrantes y apoderados, de corresponder.
- El formulario debe incluir firma autógrafa o electrónica avanzada, del titular o representante registrado.
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
- Corresponde indicar el vínculo funcional para las altas y modificaciones de cada integrante, según la empresa por la que aporte. Ampliar información.
Archivo asociado
Formulario 0353 - Actualización / Inscripción personas jurídicas vinculadas - DGI
- Si corresponde.
- Establecer las altas, bajas y permanencias de los integrantes y apoderados, de corresponder.
- El formulario debe incluir firma autógrafa o electrónica avanzada, del titular o representante registrado.
- Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Archivo asociado
Formulario R205 - Declaración de Sueldos Fictos - BPS
- En caso de declarar el ingreso o egreso de un administrador o representante legal que sea múltiple empresario (excepto rural), se debe indicar la empresa por la que realizará los aportes.
Certificación Notarial.
Certificando:
- Firma de los directores, representantes legales o administradores que ingresan.
- Datos individualizantes de los mismos:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de Identidad.
- Estado civil.
- Nacionalidad.
- Mayoría de edad.
- Domicilio particular.
- Si alguno de los integrantes fuera persona jurídica será necesario el control de personería, representación y domicilio fiscal de dicha entidad vinculada.
- Administración y representación, indicando la cláusula específica en el estatuto, así como otras complementarias o transitorias relacionadas con ésta. En caso de personas jurídicas administradora o representante, nombrar a la persona física a través de la cual actuará (artículo 82 Ley 16060)
- Fecha de la modificación, haciendo referencia que tuvo a la vista, según corresponda:
- El acta del Libro de Actas de asamblea donde se establece el cambio. Si corresponde directorio, indicar como quedó integrado y sus respectivos cargos.
- Modificación del estatuto otorgado en documento privado con firmas certificadas y protocolizado, escritura pública o Acta de asamblea debidamente transcripta al libro y cuyo primer testimonio se encuentre protocolizado.
Documento de Identidad.
- En caso de que el trámite sea realizado por un tercero deberá exhibir su documento de identidad (excepción al Decreto N° 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por AGESIC).
Pago de multa de DGI
- Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.
Acreditar representación o titularidad.
- Los cambios en las personas que la ejercen deben estar habilitados por lo establecido en los estatutos.
- La totalidad de las funciones corresponderán al representante legal, a no ser que el estatuto prevea de forma expresa la opción del régimen de administrador o directorio.
- Si es ejercida únicamente por determinada persona, para cambiar el representante legal u optar por un régimen diferente de administrador o directorio será necesario modificar el estatuto.
Otros datos de interés
PLAZO:
- Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio.
- Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
CONSTANCIA DEL TRÁMITE:
- Formulario 6361 Confirmación de Datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Costos
- Timbre profesional $ 270 del 01 de enero 2026 al 31 de diciembre 2026.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Usuario BPS.
- Contar con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente que realiza la gestión.
Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
Domicilio Electrónico.
- Los titulares así como los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
En persona
Agenda previa.
- Reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.
- Sector Registro Único Tributario – RUT
- Departamento: Montevideo
- Trámite: Atención personalizada RUT.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaSe tramita a través del Portal de servicios en línea de BPS:
Si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente:
- Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea"
- Acceder con usuario y contraseña o medio de identificación electrónica.
- Ingresar a Todos los Servicios - Modificación contribuyente común BPS DGI.
- Seleccionar: Cambiar Integrante o Administrador de empresa.
Cuando el cambio de integrantes implica la modificación de todos los integrantes del contribuyente con representación:
- Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea"
- Acceder con usuario y contraseña o medio de identificación electrónica.
- Seleccionar el trámite “Solicitar trámite registral”
- Seleccionar Registro de Contribuyentes Comunes BPS-DGI - Modificación o Clausura –
- En “Tipo de Trámite”, deberá seleccionar: Cambio total de integrantes.
En ambos casos, debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
Aclaración: Una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.En persona
En Montevideo:
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
- Los Formularios deben presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 deben ser originales.
- El certificado Notarial debe presentarse el original y 2 copias.
- El trámite requiere un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
En interior:
- No aplica modalidad en persona.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- En el local DGI
- Fernández Crespo 1534, Subsuelo, Sector RUT.
- En el local DGI
Enlaces relacionados