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Última actualización: 30/07/2024
Dirección General Impositiva - División Recaudación y Controles Extensivos

Modificación de titulares de sociedad de hecho

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la administración tributaria los cambios de titulares de una sociedad de hecho.

Requisitos

Formularios

Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
 

Documentación adicional a presentar

Certificado Notarial estableciendo:

    • Firmas de los socios que ingresan, de los que permanecen y de los que egresan.
    • Datos individualizantes de los socios que ingresan:
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
      • Documento de Identidad, tipo, país de origen y numero.
      • Estado civil.
      • Nacionalidad.
      • Capacidad legal
      • Domicilio particular.
      • Si alguno de los integrantes fuera persona jurídica será necesario el control de personería, representación y domicilio fiscal de dicha entidad vinculada.
    • Fecha de fallecimiento en caso de baja por esta causal. En caso de sociedad de hecho con giro rural según instructivo específico.

Aclaraciones

Otros datos de interés

CONSTANCIA DEL TRÁMITE:              

  • Formulario 6361 Confirmación de Datos.

PLAZO:

  • Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
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Costos

Dos timbres profesionales $ 250 (Valor vigente del 01 de Julio 2024 al 31 diciembre 2024).

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    • Esta gestión no requiere etapa presencial si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado asociado al contribuyente que realiza la gestión. De lo contrario, DGI podrá requerir etapa presencial.

    Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
     

     

    En persona

    En Montevideo

    • Los Formularios requeridos para el trámite deberán presentarse en tres vías de las cuáles al menos dos deberán ser originales.
    • Si se presenta certificado notarial que certifique las firmas del/los titulares que ingresan, egresan y los que permanecen o su/sus representante/s, el trámite podrá ser presentado por titular o representante, o por un tercero. De no contar con certificado notarial que cumpla tales requisitos, el trámite deberá ser presentado únicamente por el/los titular/es que ingresan o su/sus representante/s exhibiendo su documento de identidad. (Excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por Agesic). En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo.
       

    En interior

    • No aplica modalidad en persona.
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    • Si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, se gestiona a través de Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, donde previo logueo, deberá seleccionar el trámite “Modificación contribuyente común BPS-DGI” e identificar el tipo de trámite a realizar.
    • Si el titular, representante o administrador no cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, se gestiona a través de Solicitar trámite registral, donde previo logueo, deberá seleccionar Registro de contribuyentes Comunes BPS-DGI/ Modificación o Clausura/ Planteos registrales vinculados a domicilio electrónico (DOMEL).

    En ambos casos, debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.

    Aclaración: una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.
     

    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI Sector Registro Único Tributario – RUT, seleccionar el departamento correspondiente a su domicilio constituido y el trámite Atención personalizada RUT.
    2. Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación requerida.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • Local DGI - Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Subsuelo.
    • Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI Sector Registro Único Tributario – RUT, seleccionar el departamento correspondiente a su domicilio constituido y el trámite Atención personalizada RUT.
       
  • Enlaces relacionados

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