Modificación de titulares de sociedad de hecho
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la administración tributaria los cambios de titulares de una sociedad de hecho.
Requisitos
Formularios
- Formulario 0351 - Inscripción y actualización.
- Formulario 0352 Personas físicas vinculadas y/o 0353 Personas jurídicas vinculadas, según corresponda.
- Formulario 205 BPS, declaración de sueldos fictos, excepto contribuyentes rurales.
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación adicional a presentar
Certificado Notarial estableciendo:
- Firmas de los socios que ingresan, de los que permanecen y de los que egresan.
- Datos individualizantes de los socios que ingresan:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
- Documento de Identidad, tipo, país de origen y numero.
- Estado civil.
- Nacionalidad.
- Capacidad legal
- Domicilio particular.
- Si alguno de los integrantes fuera persona jurídica será necesario el control de personería, representación y domicilio fiscal de dicha entidad vinculada.
- Fecha de fallecimiento en caso de baja por esta causal. En caso de sociedad de hecho con giro rural según instructivo específico.
Aclaraciones
- El Formulario 0351 - Inscripción y actualización, únicamente deberá presentarse en caso de que se modifique la denominación.
- Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.
- Los titulares o representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
- Si la sociedad de hecho es de servicios personales o profesionales, BPS solicita la inscripción de la unipersonal por Fonasa de cada uno de los socios de acuerdo con el Inscripción de persona física integrante de entidad prestadora de servicio personal.
- Se deberá establecer en los formularios correspondientes las altas, bajas y permanencias de los integrantes y apoderados, de corresponder.
Otros datos de interés
CONSTANCIA DEL TRÁMITE:
- Formulario 6361 Confirmación de Datos.
PLAZO:
- Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Costos
Dos timbres profesionales $ 250 (Valor vigente del 01 de Julio 2024 al 31 diciembre 2024).
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
- Esta gestión no requiere etapa presencial si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado asociado al contribuyente que realiza la gestión. De lo contrario, DGI podrá requerir etapa presencial.
Aclaración: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
En persona
En Montevideo
- Los Formularios requeridos para el trámite deberán presentarse en tres vías de las cuáles al menos dos deberán ser originales.
- Si se presenta certificado notarial que certifique las firmas del/los titulares que ingresan, egresan y los que permanecen o su/sus representante/s, el trámite podrá ser presentado por titular o representante, o por un tercero. De no contar con certificado notarial que cumpla tales requisitos, el trámite deberá ser presentado únicamente por el/los titular/es que ingresan o su/sus representante/s exhibiendo su documento de identidad. (Excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente. En revisión por Agesic). En caso de documentos extranjeros, se solicitará copia del mismo.
En interior
- No aplica modalidad en persona.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, se gestiona a través de Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, donde previo logueo, deberá seleccionar el trámite “Modificación contribuyente común BPS-DGI” e identificar el tipo de trámite a realizar.
- Si el titular, representante o administrador no cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, se gestiona a través de Solicitar trámite registral, donde previo logueo, deberá seleccionar Registro de contribuyentes Comunes BPS-DGI/ Modificación o Clausura/ Planteos registrales vinculados a domicilio electrónico (DOMEL).
En ambos casos, debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
Aclaración: una vez procesado por BPS y en caso que DGI requiera etapa presencial, le será notificado a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.
En persona
- Reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI Sector Registro Único Tributario – RUT, seleccionar el departamento correspondiente a su domicilio constituido y el trámite Atención personalizada RUT.
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación requerida.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Local DGI - Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Subsuelo.
- Debe reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI Sector Registro Único Tributario – RUT, seleccionar el departamento correspondiente a su domicilio constituido y el trámite Atención personalizada RUT.
Enlaces relacionados
- Formulario 0351 Inscripción y actualización
- Formulario 0352 Personas físcas vinculadas
- Formulario 0353 Personas jurídicas vinculadas
- Formulario 205 declaración de sueldos fictos BPS
- Modificación de titulares de sociedad de hecho rural en caso del fallecimiento de un integrante
- Inscripción de persona física integrante de entidad prestadora de servicio personal