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Última actualización: 19/10/2021
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General Impositiva

Modificación de titulares de Sociedad Personal con contrato por fallecimiento de titulares

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el procedimiento mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria las modificaciones de titulares que se efectúan en sociedades personales con contrato por fallecimiento de alguno(s) de sus socios.

Requisitos

Nota:

  • En caso de proceder el Art. 232 de la Ley 16.060 remitirse al instructivo de Modificaciones de titulares de Sociedades Personales con Contrato.
  • En caso de fallecimiento del único representante, establecer en el certificado notarial que la representación es indistinta mientras no se realice modificación contrato (Art. 200 de la Ley 16.060).
  • Se deberá establecer en los formularios correspondientes las altas, bajas y permanencias de los integrantes (y apoderados de corresponder).

Otros datos de interés

Constancia del trámite:

  • Formulario 6351 (tarjeta de RUT.)
  • Formulario 6361 “Confirmación de datos”.
  • Copia sellada de los formularios.

Plazo:

  • Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Iniciar trámite en línea

Costos

  • Timbre profesional.

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    Contrato para uso de servicios en linea CON BPS:

    • Titular, Representante y usuarios, deben suscribir Contrato Personal para uso de los servicios en línea. En caso que aún no hayan realizado dicho trámite deben gestionar la solicitud a través de Contrato Personal BPS.

    En persona

    Previa agenda web:

    • En el Registro de Contribuyentes y Empresas
    • Local DGI.

    Formularios:

    • Formulario 0352 “Personas físicas vinculadas” o 0353 “Personas jurídicas vinculadas” según corresponda (en 3 vías), con timbre profesional.
    • Formulario 205 (BPS) “Declaración de Sueldos Fictos” (en 2 vías), excepto contribuyentes rurales, con timbre profesional.

    Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras (salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración).-

    Ver Formularios (Formularios BPS)  

    • Formulario 6351 (Tarjeta de RUT)
    • 2 fotocopias de documento de identidad de los titulares.
    • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su cédula de identidad.
    • Certificación notarial y 3 fotocopias estableciendo:

    A) Con Pacto de Continuación previsto en contrato 

    • Firmas de el/los administrador/es y de los presuntos herederos o cónyuge que ingresan
    • Datos individualizantes de los titulares o socios que ingresan:
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido
      • Documento de Identidad (tipo, país de origen y número)
      • Estado civil
      • Nacionalidad
      • Mayoría de edad
      • Domicilio particular.
    • Detallar fecha de fallecimiento y quienes son los únicos presuntos herederos.
      • Si alguno de los integrantes fuera persona jurídica será necesario el control de personería, representación y domicilio fiscal de dicha entidad vinculada.
      • Administración y representación.
      • Pacto de continuación de los herederos o del cónyuge del socio fallecido, según contrato social.
      • Establecer que son los únicos titulares o socios.

      B) Sin Pacto de Continuación

    • Firmas de el/los administrador/es.
    • Datos individualizantes de los firmantes:
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido
      • Documento de Identidad
      • Estado civil
      • Nacionalidad
      • Mayoría de edad
      • Domicilio particular
      • Administración y representación.
      • Establecer que son los únicos titulares o socios.
      • La no existencia de pacto de continuación.
      • Fecha de fallecimiento.
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    En línea desde la Web de BPS:

      Nota: no debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.

    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Presentando la documentación requerida, en el día y horario seleccionados.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • En el Registro de Contribuyentes y Empresas.
      • Sarandi 570 – Planta Baja.
    • Local DGI .
      • Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Subsuelo.

    En Interior:

    • En las dependencias habilitadas con ‘ventanilla única’ según corresponda al domicilio constituido
    • o en las dependencias de DGI y BPS en ese orden.
    • Ver en Agenda Web Interior DGI lugares que exigen reserva previa.
  • Enlaces relacionados

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