Modificaciones de representaciones diplomáticas (Embajadas, Consulados)
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual las representaciones diplomáticas extranjeras cumplen con la obligación formal de modificar sus representantes ante la Administración Tributaria.
Requisitos
Formularios
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación a presentar:
- Pasaporte diplomático del nuevo representante designado.
El mismo podrá ser sustituido por carné diplomático emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores ó por certificado notarial, en el que deberá certificarse:
- Firma del/los representante/s.
- Datos individualizantes del/los representante/s:
- Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido
- Documento de Identidad, tipo, país de origen y número
- Estado civil
- Nacionalidad
- Capacidad legal
- Domicilio particular
Aclaraciones:
- En el caso de presentar carné diplomático ó certificado notarial, completar obligatoriamente en el Formulario 0352, en “Persona Física a vincular”, el campo Fecha de Nacimiento.
- Los representantes que no tienen restricciones en su actuación deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional consultar instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
- Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, adjuntar o presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.
Otros datos de interés
PLAZO:
- Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de la designación del nuevo representante. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Constancia del trámite:
- Formulario 6361 - Confirmación de datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
- El trámite se ingresa en línea desde la web de BPS.
Para realizar este trámite el representante debe contar con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente que realiza la gestión.
Aclaraciones:
- No debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.
- Los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
En persona
En Montevideo
- Los formularios requeridos para el trámite deberán presentarse en tres vías, de las cuales al menos dos deberán ser originales, en doble faz, y con un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
- Deberá presentarse dos copias de la documentación adicional solicitada, y en caso de presentar certificado notarial deberá presentarse el original y dos copias.
En interior
- No aplica modalidad en persona.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaCuando el representante o apoderado cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente:
- Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea"
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Se gestiona a través de "Iniciar solicitudes de trámites de ATYR"
- Seleccionar el trámite “Modificación contribuyente común BPS - DGI”
- Identificar el tipo de trámite a realizar.
- Completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
Cuando el cambio de representante implica la modificación del contribuyente con representación:
- Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea"
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Se gestiona a través de "Solicitar trámite registral".
- Seleccionar: Registro de Contribuyentes Comunes BPS-DGI - Modificación o Clausura – Cambio total de integrantes.
- Completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.
Aclaración:
Una vez procesada la información por BPS, de corresponder, DGI le asignará a través del mail consignado en el trámite, agenda presencial para su culminación; donde deberá concurrir con la documentación indicada en los requisitos específicos en persona.
En persona
- Concurrir el día y hora previamente agendado o asignado, con la documentación solicitada.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo
- Reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI Sector REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO – RUT
- Seleccionar el Departamento: Montevideo
- Trámite ATENCIÓN PERSONALIZADA RUT
Podrá seleccionar día y hora para concurrir personalmente.
- Reservar día y hora a través del servicio de Agenda Web DGI Sector REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO – RUT
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