Ministerio de Economía y Finanzas - Auditoría Interna de la Nación
Multas Registro de Estados Contables (Multas REC)
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Ley 19.355 art. 76).
Pago de multa por registro de los estados financieros fuera de plazo y/o por incumplimiento a la prohibición de distribución de dividendos.
Iniciar trámite en línea
Requisitos
- Registrarse previamente en la Central de Balances los Estados Financieros correspondientes al ejercicio cuya multa se pretende abonar. Ver www.cbe.gub.uy
- Si usted tiene un expediente de fiscalización de oficio, DEBERÁ INDICAR EL NÚMERO DE EXPEDIENTE.
- IMPORTANTE: DEBEN PREVIAMENTE REGISTRARSE LOS ESTADOS FINANCIEROS correspondientes al ejercicio cuya multa se está abonando.
- Advertencias:
- DEBERÁ INDICAR EL EJERCICIO ECONÓMICO CORRECTO (no puede haber discordancia entre el ejercicio que Ud. quiere pagar y el ejercicio correspondiente a la multa adeudada).
- TENER EN CUENTA QUE LA REITERACIÓN EN EL INCUMPLIMIENTO EN REGISTRAR conlleva una multa de 3.000 U.I. la que se adiciona a la multa de 2000 U.I. correspondiente al primer incumplimiento (ambas multas deberán abonarse en Trámites separados).