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Última actualización: 10/12/2024
Ministerio de Economía y Finanzas - Contaduría General de la Nación

Registro empresas privadas ante el SGA.

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

A partir del 29 de agosto del 2023, se flexibilizaron los requisitos para registrarse como empresa en el Servicio de Garantía de Alquileres.

El Servicio de Garantía de Alquileres (SGA) le permite brindar a sus funcionarios una garantía de alquiler para casa-habitación, con fianza estatal. La misma está respaldada por la Contaduría General de la Nación (CGN) y se solicita en las oficinas del SGA.

Requisitos

Requisitos para el solicitante:

Las empresas podrán optar por diferentes mecanismos para su ingreso, cada una requiere su documentación particular, según el siguiente detalle:

Documentación para el Registro de Empresas:

  1. Si la empresa se encuentra inscripta en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE) en estado activo, no requerirá documentación adicional. Se valorarán los antecedentes registrados, previo a resolver sobre la inclusión.
  2. Si la empresa se encuentra habilitada como empresa asociada con convenio vigente ante División Crédito Social del Banco República Oriental del Uruguay (BROU), se requerirá certificado expedido por dicha institución con una antigüedad no mayor a treinta días.
  3. Si la empresa no se encuentra en los apartados anteriores, deberán presentar:
  • Certificado único de la DGI. Excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente.
  • Certificado único del BPS. Excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente.
  • Certificado Notarial de personería jurídica con vigencia de la entidad y su representación, con una antigüedad no mayor a treinta días.

 

Una vez realizado el registro, ¿cuáles son mis principales obligaciones?

  • Mantener actualizada la información respecto a beneficiarios (funcionarios) de la garantía, habilitados de la oficina, así como los datos de la empresa.
  • Generar el Informe de Líquido Disponible (ILD) a solicitud del beneficiario o de la propia CGN.
  • Descargar mensualmente el “Mandado a Descontar” del sistema SIGGA
  • Realizar las retenciones allí informadas por concepto de alquileres, desperfectos, tributos municipales, consumos u otras obligaciones accesorias a la locación.
  • Ingresar las bajas (importes no retenidos en el mes correspondiente). De no efectuarse la totalidad del descuento por insuficiencia de líquido u otro concepto, se descontará el máximo posible, ingresando la diferencia como baja.
  • Realizar el pago electrónico de las retenciones efectuadas a través de SISTARBANC, dentro de los primeros 10 días hábiles de cada mes.

El incumplimiento de alguna de estas obligaciones será sancionado acorde a lo establecido en el art. 111 de la Ley Nº 16.226 del 29 de octubre de 1991, en la última redacción dada por el art. 151 de la Ley Nº 20.075 del 20 de octubre de 2022.

¿Qué empleados generan el derecho a la garantía?

  • Aquellos que cuenten con 6 meses de antigüedad y permanencia en la misma empresa.
  • Se excluyen del beneficio de nuestra garantía a los trabajadores rurales y a los empleados domésticos.
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