Banco Central del Uruguay - Secretaría General
Registro de firma digital de escribanos
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Ley 19.355 art. 76).
Es el registro de firma digital de escribanos para el envío de información en cumplimiento de las Leyes N° 18.930 de 17 de julio de 2012 y N° 19.484 de 5 de enero de 2017.
Requisitos
- Estar habilitado por la Suprema Corte de Justicia para ejercer la profesión de escribano.
- Formulario de altas/bajas/modificación de Escribanos Públicos.
Costos
No tiene costo