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Última actualización: 09/03/2023
Ministerio de Salud Pública - Dirección General de la Salud

Registro e inscripción de empresas para las actividades de elaboración y/o importación de zooterápicos

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es la solicitud ante la División Sustancias Controladas del Ministerio de Salud Pública para ser inscripto como una empresa elaboradora o importadora de especialidades farmacéuticas zooterápicas  con acción sicofarmacológica en cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 164/982.

Requisitos

    • Habilitación vigente del DILAVE-MGAP.
    • Registro vigente de las especialidades farmacéuticas zooterápicas con acción sicofarmacológica emitido por el DILAVE-MGAP.
    • Contar con  responsable técnico Químico Farmacéutico.
    • La empresa y Director Técnico Químico Farmacéutico deben estar registrados como usuarias de la División Sustancias Controladas conforme Ord. Ministerial 1320/022.

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