Ministerio del Interior - Dirección General de Fiscalización de Empresas
Registro de psicólogos ante la DI.GE.F.E.
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Ley 19.355 art. 76).
Es el registro ante DI.GE.F.E. de los profesionales Psicólogos, según lo dispuesto en el literal F) del artículo 38 de la Ley N° 19.721.
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Requisitos
- Datos del psicólogo (número documento de identidad, nombre completo, fecha de nacimiento, domicilio, teléfono y correo electrónico).
- Copia del título (se requiere documento de ambos lados).
- Número de registro ante el MSP.