Registro de publicaciones
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la inscripción, en el Registro que a esos efectos se lleva, de la declaración jurada que contiene todos los datos establecidos por la Ley 16.099.
Es un trámite obligatorio y previo a realizar cualquier publicación o difusión escrita.
Lo debe realizar todo “impresor o editor de cualesquiera publicaciones impresas o titular de agencias de noticias en cuanto le pudiera corresponder...”
Requisitos
Al momento de iniciar el trámite deberá contar con:
- Cedula de identidad vigente: Mayoría de edad.
- Estar inscripto en el Banco de Previsión Social (BPS) y Dirección General Impositiva (DGI), cuya constancia debe tener escaneada. (Excepción al Decreto 353/23 en proceso de adecuación correspondiente).
- Cédula de Identidad escaneada.
Si es Sociedad de Responsablidad Limitada (S.R.L), Sociedad Anónima (S.A.), Asociación Civil:
- Mayoría de edad.
- Estar inscripto en el Banco de Previsión Social (BPS) y Dirección General de Impositiva (DGI), cuya constancia debe tener escaneada.(Excepción al Decreto 353/23 en proceso de adecuación correspondiente).
- Cédula de Identidad escaneada.
- Certificación Notarial que contenga control de Personería Jurídica y Representación (escaneada).
Costos
- No tiene.
- Se deberá abonar el timbre electrónico por tratarse de una Declaración Jurada. Esto lo hace desde el propio formulario.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
- Conexión a Internet.
- Correo Electrónico, para recibir las comunicaciones del trámite por parte del Ministerio de Educación y Cultura.
- Disponibilidad de escanear la documentación a adjuntar en formato pdf. o doc.
En persona
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar al botón "Iniciar trámite en línea".
- Completar la información solicitada en el formulario.
En persona
En Montevideo
- Concurrir personalmente a Atención al Usuario para recibir asistencia y completar el formulario en línea.
¿Dónde y cuándo se realiza?
- Reconquista 535, PB.
- Horario de atención: de 9:00 a 17:00hs
- Teléfono: 29150103 de 09:00 a 17:00 hs.
- Correo electrónico: atencionalusuario@mec.gub.uy
Enlaces relacionados