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Última actualización: 17/02/2025
Ministerio de Industria, Energía y Minería - Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual

Registro de publicidad oficial de medios de comunicación del interior (MIEM-Dinatel)

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

La Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual (MIEM-Dinatel) es la Unidad Ejecutora del MIEM responsable de la formulación, articulación y coordinación de las políticas de telecomunicaciones y servicios de comunicación audiovisual.

En cumplimiento del Art. 774 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, reglamentado por los Decretos N° 392/022 y 393/022, se establecen los mecanismos de  declaración jurada de actualización anual, a ser validados por MIEM-Dinatel, para la asignación del monto total de la publicidad oficial de alcance nacional a las distintas modalidades de medios en el interior del país alcanzadas por la norma.

El plazo para inscripción de nuevos medios así como de medios ya registrados que deseen realizar alguna actualización o rectificación de información venció el 10 de febrero de 2025 y su nueva apertura será comunicada oportunamente.

Requisitos

Las empresas deben presentar mediante trámite en línea, declaración jurada de acuerdo a las especificaciones definidas en el Art. 5 del Decreto N° 392/22:

  • Lugar de radicación del medio y área de servicio o de distribución principal.
  • Tipo de modalidad del medio y forma de producción.
  • Listado de productoras de contenidos independientes que se vinculen con el medio declarante, radicadas en la localidad y que realizan productos audiovisuales o gráficos para el medio de comunicación en caso de corresponder.
  • En caso de ser un medio de comunicación ubicado en la localidad del interior pero que tenga cobertura en el departamento de Montevideo, deberá declarar si sus contenidos están dirigidos clara y principalmente a los residentes de la localidad de origen.
  • Grilla de programación en caso de medios audiovisuales especificando tipo de producción y/o tipo de programa, y secciones en caso de la prensa escrita.
  • RUPE en estado "en ingreso" o "activo".
  • Estar al día con DGI y BPS. 

Otros datos de interés

  • Todas las consultas por el trámite no relacionadas a problemas técnicos frente a la postulación deben dirigirse a: secretaria.dinatel@miem.gub.uy
  • El plazo para inscripción de nuevos medios así como de medios ya registrados que deseen realizar alguna actualización o rectificación de información venció el 10 de febrero de 2025 y su nueva apertura será comunicada oportunamente.

Tener en cuenta:

  • Aquellos medios que ya estén incluidos en el Registro no requieren una nueva inscripción.
  • Se podrán inscribir nuevos medios que deseen integrar el Registro, así como medios ya registrados que deseen realizar alguna actualización o rectificación de información.
  • Deberá realizarse un trámite independiente por cada medio o servicio autorizado que deseen integrar al Registro.
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Costos

  • 250 $
  • Timbre profesional correspondiente a declaración jurada.

Vías disponibles para realizar el trámite

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