Registro de publicidad oficial de medios de comunicación del interior (MIEM-Dinatel)
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23La Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual (MIEM-Dinatel) es la Unidad Ejecutora del MIEM responsable de la formulación, articulación y coordinación de las políticas de telecomunicaciones y servicios de comunicación audiovisual.
En cumplimiento del Art. 774 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, reglamentado por los Decretos N° 392/022 y 393/022, se establecen los mecanismos de declaración jurada de actualización anual, a ser validados por MIEM-Dinatel, para la asignación del monto total de la publicidad oficial de alcance nacional a las distintas modalidades de medios en el interior del país alcanzadas por la norma.
El plazo para inscripción de nuevos medios así como de medios ya registrados que deseen realizar alguna actualización o rectificación de información venció el 10 de febrero de 2025 y su nueva apertura será comunicada oportunamente.
Requisitos
Las empresas deben presentar mediante trámite en línea, declaración jurada de acuerdo a las especificaciones definidas en el Art. 5 del Decreto N° 392/22:
- Lugar de radicación del medio y área de servicio o de distribución principal.
- Tipo de modalidad del medio y forma de producción.
- Listado de productoras de contenidos independientes que se vinculen con el medio declarante, radicadas en la localidad y que realizan productos audiovisuales o gráficos para el medio de comunicación en caso de corresponder.
- En caso de ser un medio de comunicación ubicado en la localidad del interior pero que tenga cobertura en el departamento de Montevideo, deberá declarar si sus contenidos están dirigidos clara y principalmente a los residentes de la localidad de origen.
- Grilla de programación en caso de medios audiovisuales especificando tipo de producción y/o tipo de programa, y secciones en caso de la prensa escrita.
- RUPE en estado "en ingreso" o "activo".
- Estar al día con DGI y BPS.
Otros datos de interés
- Todas las consultas por el trámite no relacionadas a problemas técnicos frente a la postulación deben dirigirse a: secretaria.dinatel@miem.gub.uy
- El plazo para inscripción de nuevos medios así como de medios ya registrados que deseen realizar alguna actualización o rectificación de información venció el 10 de febrero de 2025 y su nueva apertura será comunicada oportunamente.
Tener en cuenta:
- Aquellos medios que ya estén incluidos en el Registro no requieren una nueva inscripción.
- Se podrán inscribir nuevos medios que deseen integrar el Registro, así como medios ya registrados que deseen realizar alguna actualización o rectificación de información.
- Deberá realizarse un trámite independiente por cada medio o servicio autorizado que deseen integrar al Registro.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
- Adjuntar la documentación solicitada en los formatos permitidos.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con su usuario o identificación electrónica.
- Completar los datos correspondientes y adjuntar la documentación solicitada.
Nota: De ocurrir un problema técnico al momento de la postulación, dentro del plazo previsto en este trámite, el postulante deberá seguir los pasos establecidos en el anexo incluido en los "Enlaces de descarga".
Enlaces relacionados
Enlaces de descarga
- Decreto Nº 392/22: Registro de Publicidad Oficial de medios de comunicación del interior (.pdf 623 KB)
- Decreto Nº 393/22: Modifica el Decreto Nº 392/22 (.pdf 972 KB)
- Manual Trámite registro de publicidad oficial de medios de comunicación del interior (.pdf 3083 KB)
- Anexo: Protocolo frente a la imposibilidad de completar el trámite en línea (.pdf 403 KB)
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