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Última actualización: 31/10/2022
Ministerio de Economía y Finanzas - Auditoría Interna de la Nación

Registro de Reporte anual de sociedades y fideicomisos BIC

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el registro del reporte anual que deben confeccionar las sociedades y fideicomisos BIC, de conformidad con el artículo 5 de la Ley 19.969 de fecha 23/07/2021, que permita evidenciar que la sociedad o fideicomiso BIC ha llevado a cabo acciones para el cumplimiento del impacto positivo social y ambiental que estableció en su contrato social y/o estatuto.

El referido reporte debe presentarse acompañado de una declaración jurada otorgada por el representante de la sociedad o fideicomiso, teniendo presente lo dispuesto por los artículos 6 y 7 del Decreto N° 136/2022 de 26/04/2022.

Requisitos

  • Declaración jurada.
  • Reporte anual.
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Costos

No tiene costo

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