Agencia Nacional de Vivienda
Regularización de morosidad
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Trámite mediante el cual es posible poner al día el atraso de créditos, en el marco de la reglamentación vigente que corresponda aplicar.
Requisitos
Deben presentarse los titulares con la siguiente documentación:
- Cédula de identidad vigente
- Impuestos nacionales y departamentales que correspondan, al día o con convenio
- Declaración jurada de ingresos y gastos del núcleo familiar
- Ingreso de titulares (recibo de sueldo, historia laboral, negativo del BPS)
- Si corresponde, gastos comunes al día o con convenio, recibo y nota de la comisión administradora
- Si corresponde, nota de convivencia de la comisión administradora
- En caso de titulares fallecidos se solicitará sucesión terminada o en su defecto vocación hereditaria. Debiendo presentar por cada sucesor la documentación anteriormente explicitada para titulares
Otros datos de interés
- Los titulares podrán delegar a otra persona para realizar este trámite. En tal caso, se deberá presentar la carta poder que se adjunta, además de todos los requisitos detallados anteriormente.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
En persona
- Los titulares deberán presentarse con la documentación requerida en cualquiera de nuestras dependencias.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Sector Cuotas
- Dirección: Cerrito 400, planta baja
- Horario de atención: lunes a viernes de 11:00 a 16:00hs.
En el interior:
- En cualquiera de nuestras dependencias en sus horarios de atención
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