Agencia Nacional de Vivienda
Regularización de morosidad
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Trámite mediante el cual es posible poner al día el atraso de créditos, en el marco de la reglamentación vigente que corresponda aplicar.
Requisitos
- Vigente.
Declaración Jurada.
- De ingresos y gastos del núcleo familiar
Constancia de cobro o ingreso.
- Ingreso de titulares (recibo de sueldo, historia laboral, negativo del BPS).
Presentación de Nota o Escrito.
Si corresponde:
- Gastos comunes al día o con convenio, recibo y nota de la comisión administradora.
- Nota de convivencia de la comisión administradora.
Acreditar estar al día (Patentes, tributos y/o convenios).
- Impuestos nacionales y departamentales que correspondan, al día o con convenio.
Otros datos de interés
- Los titulares podrán delegar a otra persona para realizar este trámite. En tal caso, se deberá presentar la carta poder que se adjunta, además de todos los requisitos detallados anteriormente.
- En caso de titulares fallecidos se solicitará sucesión terminada o en su defecto vocación hereditaria. Debiendo presentar por cada sucesor la documentación anteriormente explicitada para titulares.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Cómo se hace?
En persona
- Los titulares deberán presentarse con la documentación requerida en cualquiera de nuestras dependencias.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Sector Cuotas
- Dirección: Cerrito 400, planta baja
- Horario de atención: lunes a viernes de 11:00 a 16:00hs.
En el interior:
- En cualquiera de nuestras dependencias en sus horarios de atención
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