Ministerio de Defensa Nacional - Dirección General de los Servicios de las Fuerzas Armadas
Solicitud de apoyo económico para lentillas intraoculares y sustancia viscoelástica
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Se trata de un derecho que poseen todos los aportantes al F.E.T.S. (Fondo Especial de Tutela Social), sus hijos menores de 21 años o mayores declarados judicialmente incapaces.
Requisitos
- Solicitud (nota, carta) de apoyo del aportante:
- Si está en actividad, dirigida por Oficio al Señor Director del S.T.S.
- Si está retirado, en forma directa al Señor Director del S.T.S.
- Informe del médico del H.C.FF.AA. con diagnóstico y recomendación de uso de lentilla intraocular y sustancia viscoelástica, avalado por la Sub-Dirección Técnica del H.C.FF.AA. En el interior del país se solicita el aval del CAP regional o del Jefe del Servicio Sanitario de la Unidad correspondiente.
- Ficha social anexando último recibo de cobro (y otros ingresos) y comprobantes de egresos (UTE, OSE, ANTEL).
- Tres presupuestos de lentilla intraocular y sustancia viscoelástica, de firmas de plaza en pesos uruguayos.
- Para hijos acreditar filiación presentando partida de matrimonio del titular y partida de nacimiento del menor.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
En persona
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón “Iniciar trámite en línea”.
- Acceder al trámite ingresando con su usuario gub.uy o con otro medio de identificación electrónica.
- Completar los datos requeridos en el formulario web.
- Se presenta personalmente con los originales de la documentación solicitada.
- Luego de ingresada la solicitud los funcionarios administrativos de Servicio Social verifican que esté todo correcto y que no falte documentación.
- El expediente pasa a Jurídica para revisión de documentación y análisis de solicitud.
- En caso de corresponder el beneficio se realiza el informe y se pasa a Secretaría para completar resolución.
- Una vez firmada la resolución, pasa al pago y se notifica al solicitante para que concurra a firmar la resolución.
- Se entrega el beneficio.
En persona
- El titular deberá presentarse personalmente en el Servicio y solicitar número para ser atendido.
- Presentar toda la documentación solicitada.
- Luego de ingresada la solicitud los funcionarios administrativos de Servicio Social verifican que esté todo correcto y que no falte documentación.
- El expediente pasa a Jurídica para revisión de documentación y análisis de solicitud.
- En caso de corresponder el beneficio se realiza el informe y se pasa a Secretaría para completar resolución.
- Una vez firmada la resolución, pasa al pago y se notifica al solicitante para que concurra a firmar la resolución.
- Se entrega el beneficio
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Dirección: Convención 1332 esquina Avenida 18 de Julio.
- Teléfonos: 2900 2631 - 2900 2485 y 2900 2472 interno 213 y 214.
- Días de atención: Lunes, martes, jueves y viernes.
- Horarios 09:00 a 12:00 horas.