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Última actualización: 01/08/2024
Ministerio de Salud Pública - Dirección General de la Salud

Solicitud de Baja de Habilitación de Empresas Farmacéuticas

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite que debe realizar toda empresa del rubro farmacéutico para solicitar la baja del registro de la empresa ante el Depto. de Medicamentos. 

Requisitos

  • Nota dirigida al Ministro de Salud Pública (MSP): Nota dirigida al Ministro solicitando la baja del registro de habilitación de la empresa ante el Depto. de Medicamentos, firmada por el Director Técnico (D.T.) y el representante legal de la empresa solicitante. La nota debe contar con certificación notarial de firmas.
  • Completar los formularios de solicitud de  baja de habilitación de empresas farmacéuticas y formularios de citaciones y notificaciones.
  • Documentación correspondiente de acuerdo al formulario:
    • Comprobante de destrucción de stock remanente en caso de corresponder, para empresas cuya habilitación involucre el manejo de productos bajo su titularidad.
    • Constancia de comunicación del cierre de la empresa a las empresas contratantes, en el caso de empresas que brinden servicios para terceros.
    • Comprobante de baja ante DGI. En el caso que la empresa declare el cese de actividades frente a dicho organismo.

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    En persona

    Presentar ante el Depto de Administración Documental :

    • Formularios de solicitud de  baja de habilitación de empresas farmacéuticas  FO-13221-065FO-11012-001 Formulario para Citaciones y Notificaciones electrónicas.
    • Nota dirigida al Ministro de Salud Pública (MSP): Nota dirigida al Ministro solicitando la baja de habilitación de la empresa, firmada por el Director Técnico (D.T.) y el representante legal de la empresa solicitante. La nota debe contar con certificación notarial de firmas.
    • Comprobante de destrucción de stock remanente. Para empresas cuya habilitación involucrara el manejo de productos propios.
    • De corresponder, comprobante de baja ante DGI. En el caso que la empresa declare el cese de actividades frente a dicho organismo.
    • En el caso de empresas terceristas, constancias de comunicación del cierre de la empresa a las empresas contratantes.
  • ¿Cómo se hace?

    En persona

    1. La empresa interesada deberá presentar toda la información requerida (en formato papel y electrónico), en el departamento de Administración Documental. 
    2. De la evaluación podrán surgir observaciones o nuevas solicitudes de información, de las que se notificará a la empresa oportunamente.
    3. Una vez aprobado el trámite, se entregará una resolución de baja del registro de la empresa ante el Depto. de Medicamentos.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • Ministerio Salud Pública, Departamento de Administración Documental.
    • Dirección: Avenida 18 de Julio 1892, Planta Baja, oficina 02.

    En el interior del país:

    Consultas técnicas:

    • Departamento de Medicamentos, Sector Empresas.
    • Teléfono: 1934 int 5053.
  • Enlaces de descarga

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