Ministerio de Salud Pública - Dirección General de la Salud
Solicitud de Baja de Habilitación de Empresas Farmacéuticas
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite que debe realizar toda empresa del rubro farmacéutico para solicitar la baja del registro de la empresa ante el Depto. de Medicamentos.
Requisitos
- Nota dirigida al Ministro de Salud Pública (MSP): Nota dirigida al Ministro solicitando la baja del registro de habilitación de la empresa ante el Depto. de Medicamentos, firmada por el Director Técnico (D.T.) y el representante legal de la empresa solicitante. La nota debe contar con certificación notarial de firmas.
- Completar los formularios de solicitud de baja de habilitación de empresas farmacéuticas y formularios de citaciones y notificaciones.
- Documentación correspondiente de acuerdo al formulario:
- Comprobante de destrucción de stock remanente en caso de corresponder, para empresas cuya habilitación involucre el manejo de productos bajo su titularidad.
- Constancia de comunicación del cierre de la empresa a las empresas contratantes, en el caso de empresas que brinden servicios para terceros.
- Comprobante de baja ante DGI. En el caso que la empresa declare el cese de actividades frente a dicho organismo.
Costos
No tiene costo
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
En persona
Presentar ante el Depto de Administración Documental :
- Formularios de solicitud de baja de habilitación de empresas farmacéuticas FO-13221-065 y FO-11012-001 Formulario para Citaciones y Notificaciones electrónicas.
- Nota dirigida al Ministro de Salud Pública (MSP): Nota dirigida al Ministro solicitando la baja de habilitación de la empresa, firmada por el Director Técnico (D.T.) y el representante legal de la empresa solicitante. La nota debe contar con certificación notarial de firmas.
- Comprobante de destrucción de stock remanente. Para empresas cuya habilitación involucrara el manejo de productos propios.
- De corresponder, comprobante de baja ante DGI. En el caso que la empresa declare el cese de actividades frente a dicho organismo.
- En el caso de empresas terceristas, constancias de comunicación del cierre de la empresa a las empresas contratantes.
¿Cómo se hace?
En persona
- La empresa interesada deberá presentar toda la información requerida (en formato papel y electrónico), en el departamento de Administración Documental.
- De la evaluación podrán surgir observaciones o nuevas solicitudes de información, de las que se notificará a la empresa oportunamente.
- Una vez aprobado el trámite, se entregará una resolución de baja del registro de la empresa ante el Depto. de Medicamentos.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Ministerio Salud Pública, Departamento de Administración Documental.
- Dirección: Avenida 18 de Julio 1892, Planta Baja, oficina 02.
En el interior del país:
- En la Dirección Departamental de Salud que corresponda.
Consultas técnicas:
- Departamento de Medicamentos, Sector Empresas.
- Teléfono: 1934 int 5053.
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