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Última actualización: 07/06/2021
Ministerio de Defensa Nacional - Dirección General de los Servicios de las Fuerzas Armadas

Solicitud de beneficio de casas de salud para integrantes de las Fuerzas Armadas

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es un beneficio dirigido a aportantes al F.E.T.S. (Fondo Especial de Tutela Social) Retirados o Pensionistas de las Fuerzas Armadas, que carezcan de familiares que puedan brindarle una atención adecuada. 

Requisitos

  1. Solicitud de ayuda del aportante dirigida al Señor Director del S.T.S.FF.AA., si está en actividad por oficio, si está retirado directamente al Señor Director del S.T.S.FF.AA.
  2. Informe del médico tratante del H.C.FF.AA. con diagnóstico y recomendación de la Institucionalización, avalado por la Sub - Dirección Técnica del mismo.
  3. Fotocopia de Cédula de Identidad.
  4. Formulario de Declaración Jurada anexando último recibo de cobro (y otros ingresos), negativo del B.P.S. y comprobantes de egresos (OSE, UTE, ANTEL, ETC.).
  5. Tres presupuestos de Casa de Salud con detalle de los servicios que brindan al paciente (especificando en la solicitud cual de las casas presentadas es la más adecuada).
  6. Estar afiliado a algún servicio de acompañantes de enfermos. 

Otros datos de interés

El STSFFAA se reservará la facultad de autorizar a la residencial propuesta.

La residencial propuesta deberá contar con Boleta contado o factura de crédito y recibo oficial correspondiente con pie de imprenta al día. Dicha residencial también deberá poseer habilitación del MSP.

Lo realiza el titular personalmente o un familiar directo.

Iniciar trámite en línea

Costos

No tiene costo

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    En persona

  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar en el botón "iniciar trámite en línea"
    2. Acceder con usuario gub.uy o cédula electrónica con el lector correspondiente.
    3. Ingresar los datos solicitados y seleccionar el día y horario de preferencia.
    Iniciar en Línea

    En persona

    1. Agendarse previamente ingresando al botón "Iniciar trámite en línea"
    2. Presentarse el día y hora agendado con la documentación solicitada.
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    • División Servicio Social.Únicamente en Montevideo.
    • Dirección: Convención 1332 esquina Avenida18 de Julio.
    • Teléfonos: 2900 2631 - 2900 2485 y 2900 2472 interno 214 y 215.
    • Correo electrónico: social.stsffaa@direcciongeneraldelosservicios.gub.uy
    • Horario de atención: lunes, martes, jueves y viernes de: 09:00 a 12:00 horas. 

     

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