Solicitud de beneficio de casas de salud para integrantes de las Fuerzas Armadas
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23Es un beneficio dirigido a aportantes al F.E.T.S. (Fondo Especial de Tutela Social) Retirados o Pensionistas de las Fuerzas Armadas, que carezcan de familiares que puedan brindarle una atención adecuada.
Requisitos
- Solicitud de ayuda del aportante dirigida al Señor Director del S.T.S.FF.AA., si está en actividad por oficio, si está retirado directamente al Señor Director del S.T.S.FF.AA.
- Informe del médico tratante del H.C.FF.AA. con diagnóstico y recomendación de la Institucionalización, avalado por la Sub - Dirección Técnica del mismo.
- Fotocopia de Cédula de Identidad.
- Formulario de Declaración Jurada anexando último recibo de cobro (y otros ingresos), negativo del B.P.S. y comprobantes de egresos (OSE, UTE, ANTEL, ETC.).
- Tres presupuestos de Casa de Salud con detalle de los servicios que brindan al paciente (especificando en la solicitud cual de las casas presentadas es la más adecuada).
- Estar afiliado a algún servicio de acompañantes de enfermos.
Otros datos de interés
El STSFFAA se reservará la facultad de autorizar a la residencial propuesta.
La residencial propuesta deberá contar con Boleta contado o factura de crédito y recibo oficial correspondiente con pie de imprenta al día. Dicha residencial también deberá poseer habilitación del MSP.
Lo realiza el titular personalmente o un familiar directo.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por InternetContar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
En persona¿Cómo se hace?
Por InternetIniciar en Línea- Ingresar en el botón "iniciar trámite en línea"
- Acceder con usuario gub.uy o cédula electrónica con el lector correspondiente.
- Ingresar los datos solicitados y seleccionar el día y horario de preferencia.
En persona- Agendarse previamente ingresando al botón "Iniciar trámite en línea"
- Presentarse el día y hora agendado con la documentación solicitada.
¿Dónde y cuándo se realiza?
- División Servicio Social.Únicamente en Montevideo.
- Dirección: Convención 1332 esquina Avenida18 de Julio.
- Teléfonos: 2900 2631 - 2900 2485 y 2900 2472 interno 214 y 215.
- Correo electrónico: social.stsffaa@direcciongeneraldelosservicios.gub.uy
- Horario de atención: lunes, martes, jueves y viernes de: 09:00 a 12:00 horas.