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Última actualización: 25/01/2024
Ministerio de Salud Pública - Dirección General de la Salud

Solicitud de Certificado de Idoneidad en Farmacias de Segunda Categoría (Farmacias Hospitalarias)

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es el trámite que el interesado debe realizar ante el Ministerio de Salud Pública para certificar la constancia firmada por el/los Directores Técnicos que acreditan la capacidad e idoneidad como colaborador del Químico Farmacéutico en Farmacias de Segunda Categoría o Farmacias Hospitalarias de acuerdo a lo establecido en el Artículo 16 literal G del Decreto N° 28/003 de fecha 28/01/2003 Decreto reglamentario de la Ley N° 15703.

Requisitos

Costos

No tiene costo

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