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Última actualización: 28/11/2023
Ministerio de Ambiente - Dirección Nacional de Aguas

Solicitud de derechos de uso de agua

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es un proceso administrativo mediante el cual la Dirección Nacional de Aguas (DINAGUA) del Ministerio de Ambiente (MA), encargada de administrar los recursos hídricos (superficiales y subterráneos), otorga el derecho de uso de agua.

El trámite de solicitud de derecho de uso de agua se origina con una obra nueva, una modificación o renovación de un derecho existente, o una cesión del derecho del uso del agua.

Requisitos

Ver Instructivo General e Instructivo Jurídico Notarial.

  • Los titulares de la solicitud (personas físicas o jurídicas) deben figurar en el Registro de usuarios para trámites de derechos de uso de aguas.
  • Las obras hidráulicas involucradas en el proyecto, dependiendo de su tipo y características, deberán ser avaladas por técnicos inscriptos en el Registro de Profesionales para trámites de derechos de uso de aguas.
  • En caso de solicitudes de uso con destino Riego Agropecuario, se deberá presentar conjuntamente un plan de uso de suelos y aguas (PUSA) a ser evaluado y aprobado por la DGRN (Dirección General de Recursos Naturales) del MGAP.
  • La valoración ambiental del proyecto es competencia de la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (DINACEA). Deberán gestionar Autorización Ambiental Previa ante el MA-DINACEA los proyectos de:
    1. Construcción de TOMAS con extracción de agua superior a 500 l/s.
    2. Construcción de EMBALSES cuyo espejo de agua supere las 100 há o su volumen supere los 2 millones de metros cúbicos.
    3. Construcción de POZOS con extracciones de agua superiores a 50 l/s.  

Información a presentar según tipo de trámite y obra:

  • Si el destino es Riego Agropecuario: 
    • Anexo Va - Todos los casos excepto Sistemas de Riego.
    • Anexo Vb - Sistemas de Riego.

Para todos los casos, se deberá presentar informe técnico de las obras hidráulicas involucradas y certificado de Vinculación Jurídica con los padrones afectados / beneficiados.

Otros datos de interés

  • Se realiza por el momento sólo en forma presencial y también obteniendo los formularios correspondientes en la web del Ministerio de Ambiente (MA) en Solicitud de derechos de Uso de Agua.
  • Recomendamos para todo lo vinculado a los trámites ante el Ministerio de Ambiente, utilizar correos electrónicos que no sean de casillas @hotmail para garantizar una correcta interacción por esta vía, en cuanto al ida y vuelta de información, documentación y consultas.
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Costos

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