Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Dirección General de Servicios Ganaderos
Solicitud de habilitación de predios para remate feria
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es la autorización que otorga la División Sanidad Animal, para que en un predio, pueda realizarse concentración y venta de semovientes.
Requisitos
- Formulario de solicitud de habilitación de predio para remate feria, (que lo debe completar el Servicio Ganadero. Zonal o Local donde se encuentre el predio del Local Feria para ser habilitado).
- Certificado notarial que acredite la propiedad, arrendamiento o comodato del inmueble a utilizar.
- Plano del predio y croquis de las instalaciones. Memoria descriptiva del predio y de sus instalaciones.
- Constancia de habilitación municipal si correspondiere (depende de cada Intendencia).
Otros datos de interés
- El local que durante 6 meses corridos no desarrolle actividad, deberá solicitar una nueva habilitación.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
En persona
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar al botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con su usuario o identificación electrónica.
- Completar el formulario web con los datos que allí se solicitan.
- Adjuntar la documentación requerida.
En persona
- El interesado debe presentarse con la documentación descripta en requisitos, solicitando la habilitación.
- El funcionario oficial recibe, controla la documentación y coordina la inspección del predio con el interesado.
- El Servicio Oficial inspecciona el predio y emite un informe, el cual se agrega a la documentación especificada anteriormente y se eleva a la División Sanidad Animal a fin de emitir la resolución de habilitación.
- Se notifica personalmente al interesado sobre la resolución de habilitación.
¿Dónde y cuándo se realiza?
- En la oficina del Servicio Ganadero Zonal o Local del Departamento, donde se encuentra ubicado el establecimiento.
- Horario de atención: de lunes a viernes en el horario de 08:30 a 15:00 horas.
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