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Última actualización: 28/10/2025
Dirección General Impositiva

Trámite de ingreso o modificación de contribuyentes inscriptos en el MEC, como instituciones culturales y de enseñanza

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria la inscripción en el Registro de Instituciones Culturales y Enseñanza del Ministerio de Educación y Cultura.

Requisitos

  • Formulario 0351-Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales

    • Correctamente legible, sin enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

    Archivo asociado

  • Registro de Instituciones Culturales y de Enseñanza del MEC

    • Constancia vigente.
    • El alta de la condición Inscripto en Registro MEC debe completarse en el Formulario 0351 -Rubro 7 – Otros Datos – Otros.
    • En caso de realizar otras modificaciones registrales, deberá estar a lo indicado por los instructivos correspondientes.
  • Pago de multa de DGI

    • Presentar el comprobante, si el trámite se realiza fuera de plazo.

Otros datos de interés

PLAZO:

  • La inscripción se realiza hasta 30 días corridos a partir de la fecha de modificación.
  • Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

CONSTANCIA DEL TRÁMITE:           

  • Formulario 6361 Confirmación de Datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales.
Iniciar Trámite en Línea

Costos

Vías disponibles para realizar el trámite

  • ¿Qué se necesita?

    Por Internet

    En persona

    • Agenda previa.

      • Reservar día y hora en DGI a través del servicio de AGENDA
      • Sector: Registro Único Tributario – RUT
      • Departamento: Montevideo
      • Trámite: Exclusivo DGI
  • ¿Cómo se hace?

    Por Internet

    1. Ingresar en el botón: "Iniciar trámite en línea"
    2. Seleccionar Servicios en línea / Trámites – Solicitud de inicio
    3. Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica
    4. Seleccionar:
      1. Trámite: RUT Exclusivo DGI
      2. Sub trámite: Modificación de balance u otros datos exclusivos de DGI
      3. Adjuntar la documentación correspondiente.
    Iniciar en Línea

    En persona

    En Montevideo:

    1. Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
      • Los Formularios deben presentarse en 3 vías, de las cuáles al menos 2 deben ser originales. Impresos en doble faz.
      • El trámite requiere timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
      • El certificado Notarial debe presentarse el original y 2 copias.

    En interior:

    • No aplica la modalidad presencial. 
  • ¿Dónde y cuándo se realiza?

    En Montevideo:

    • Local DGI - Fernández Crespo 1534
      • Departamento RUT
      • Sector RUT Exclusivo
  • Enlaces relacionados

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