Trámite de ingreso o modificación de contribuyentes inscriptos en el MEC, como instituciones culturales y de enseñanza
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la administración tributaria la inscripción en el Registro de Instituciones Culturales y Enseñanza del MEC.
Requisitos
Formularios:
- Formulario 0351 Inscripción y actualización - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
Documentación a presentar:
- Constancia vigente del Registro de Instituciones Culturales y de Enseñanza del MEC.
Aclaraciones:
- Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.
- El alta de la condición Inscripto en Registro MEC deberá completarse en el Formulario 0351 -Rubro 7 – Otros Datos – Otros.
- En caso de realizar otras modificaciones registrales, deberá estar a lo indicado por los instructivos correspondientes.
Otros datos de interés
Plazo:
Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de la modificación.
- Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Constancia del trámite:
- Formulario 6361 Confirmación de datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
En persona
Montevideo:
- Agendarse previamente, ingresando a AGENDA – Registro Único Tributario
Seleccionar:
- Departamento: Montevideo
- Trámite: Exclusivo DGI
- Sector: RUT Exclusivo – Subsuelo.
Aclaraciones:
- Los Formularios requeridos para el trámite deberán presentarse en tres vías, de las cuales al menos dos deberán ser originales, en doble faz, y con un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
- La documentación adicional deberá presentarse en original y dos copias.
Interior:
- No aplica modalidad presencial.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en LíneaSe inicia el trámite adjuntando documentación desde la web de DGI a través de servicios en línea
- Ingresando en el botón "Iniciar trámite en línea"
- Acceder con su usuario o medio de identificación electrónica.
- Seleccionar en Trámites: Solicitud de inicio.
- Deberá completar los campos requeridos.
- Seleccionar Trámite RUT Exclusivo DGI y Sub trámite: Modificación de balance u otros datos exclusivo DGI.
- Adjuntar la documentación requerida para el trámite.
En persona
- Concurrir el día y hora previamente agendado o asignado, con la documentación solicitada.
¿Dónde y cuándo se realiza?
En Montevideo:
- Local DGI: Fernández Crespo 1534 – Sector RUT Exclusivo.
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