Transporte fluvial y marítimo: solicitud de línea internacional de cargas y/o pasajeros
Es un trámite que se inicia en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (M.T.O.P) en Mesa de Entrada Unificada, con el objetivo de obtener una autorización para realizar un servicio internacional de transporte fluvial y marítimo de cargas y/o pasajeros.
El usuario puede ser persona física o jurídica. Debe presentar una serie de documentación en la oficina referida, con lo que se formará un expediente que se estudiará en el área específica de la Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo y culminará (de cumplirse con todos los requisitos y existir disponibilidad) en el dictado de una Resolución que autorice el servicio.
Esta Resolución es de carácter precario y revocable.
Requisitos
- Nota firmada por representante o apoderado de la empresa que presenta la solicitud, dirigida al Director Nacional de Transporte, especificando:
- El servicio a realizar.
- Entre que Puertos.
- La embarcación que se afectará al servicio.
- Certificado de Matrícula de Cabotaje.
- Certificado Nacional de Navegabilidad.
- Formulario de Identificación de Empresa.
- Con firmas certificadas y control social de la empresa.
- Certificado notarial o testimonio del documento que acredite la titularidad de la embarcación inscripto en el Registro Nacional de Buques (si es mayor a 6 toneladas).
- Constancia de inscripción en DGI y Certificado único.
- Constancia de inscripción en BPS y Certificado único.
- Estudio de factibilidad.
En caso de solicitar línea Internacional para el transporte de pasajeros, además de los requisitos anteriores, se debe presentar el Seguro de Responsabilidad Civil para el transporte de pasajeros.