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Última actualización: 13/12/2023
Ministerio de Industria, Energía y Minería - Dirección Nacional de Industrias

Usuario de Parque Industrial o Parque Científico Tecnológico

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Solicitud de Usuario de Parque Industrial o Parque Científico Tecnológico.

Requisitos

Al momento de la solicitud de usuario de PI y/o PCT, se deberá presentar la siguiente documentación:

Para empresas localizadas en parques habilitados bajo la Ley N° 19.784.

  1. Nota de solicitud de ser declarado usuario.
  2. Acreditación de personería jurídica y representación. 
  3. Plan de negocios.
  4. Viabilidad de implantación de la Intendencia correspondiente.
  5. Declaración conjunta de instalador y potencial usuario de la que surja: aceptación del usuario por parte del instalador, condicionada a la declaración de usuario por parte de MIEM, acreditación de aceptación y conocimiento expreso del estatuto y reglamento operativo que rige el PI y/o PCT.
  6. Detalle pormenorizado de la actividad sustantiva a realizar en el PI y/o PCT. NOTA: Se recomienda la presentación de diagramas de flujo, gráficos de cadena de valor, descripción de transformaciones unitarias, etc.
  7. Detalle de las actividades complementarias.
  8. Detalle de los recursos humanos y capital físico empleados.
  9. Habilitaciones de la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (DINACEA) según corresponda:

Guía web.

  1. Constancia de cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 79/020, cuando corresponda.
  2. Toda otra información que el potencial usuario crea conveniente.

A efectos de obtener la habilitación como usuario, el interesado deberá estar previamente inscripto en el Directorio de Empresas Industriales preceptuado por Decreto N° 59/014 de 13 de marzo de 2014, en caso de corresponder.

Para empresas localizadas en parques habilitados bajo la Ley N° 17.547

  1. Nota de solicitud de ser declarado usuario.
  2. Acreditación de personería jurídica y representación. 
  3. Viabilidad de implantación de la Intendencia correspondiente.
  4. Contrato firmado con el explotador del Parque Industrial y aceptación del Reglamento Operativo y Estatuto correspondientes.
  5. Información general del proyecto a instalar que incluya detalle pormenorizado de la actividad sustantiva a realizar en el PI; detalle de las actividades complementarias; detalle de los recursos humanos y capital físico empleados.
  6. Flujograma de procesos de transformación a realizar exclusivamente en el Parque.
  7. Habilitaciones de la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (DINACEA) según corresponda:

Guía web.

  1. Carta compromiso de cumplir con lo establecido en el artículo 35 del Decreto 524/005.
  2. Toda otra información que el potencial usuario crea conveniente.
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