Usuario de Parque Industrial o Parque Científico Tecnológico
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23Solicitud de Usuario de Parque Industrial o Parque Científico Tecnológico.
Seleccione la opción que corresponda:
Para empresas localizadas en parques habilitados bajo la Ley N° 19.784.
Requisitos
Presentación de nota o escrito.
- Nota de solicitud de ser declarado usuario.
Personería Jurídica.
- Acreditación de personería jurídica y representación.
Presentación de Plan.
- Plan de negocios.
Habilitación del Gobierno Departamental.
- Viabilidad de implantación de la Intendencia correspondiente.
Certificado de habitabilidad e higiene.
Declaración conjunta de instalador y potencial usuario de la que surja:
- Aceptación del usuario por parte del instalador
- Condicionada a la declaración de usuario por parte de MIEM
- Acreditación de aceptación y conocimiento expreso del estatuto y reglamento operativo que rige el PI y/o PCT.
Aportar datos.
- Detalle pormenorizado de la actividad sustantiva a realizar en el PI y/o PCT.
Nota: Se recomienda la presentación de diagramas de flujo, gráficos de cadena de valor, descripción de transformaciones unitarias, etc.
- Detalle de las actividades complementarias.
- Detalle de los recursos humanos y capital físico empleados.
- Toda otra información que el potencial usuario crea conveniente.
Autorización Ambiental Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental - DINACEA
Según corresponda:
Constancia.
- De cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 79/020, cuando corresponda.
Registro en el Directorio de Empresas Industriales - DEI.
- A efectos de obtener la habilitación como usuario, el interesado deberá estar previamente inscripto en el Directorio de Empresas Industriales preceptuado por Decreto N° 59/014 de 13 de marzo de 2014, en caso de corresponder.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
- Identidad Digital – Abitab.
- TuID – Antel.
Contar con la documentación solicitada en los formatos permitidos.
- JPG, PNG, PDF, DOC, DOCX, ODT, ZIP, RAR (máx. 5MB)
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Ingresar en el botón "Iniciar trámite en línea".
- Acceder con su usuario o identificación electrónica.
- Se ingresan los datos solicitados en el formulario web.
Enlaces relacionados