Videovigilancia

Criterios para el tratamiento de datos personales en casos de videoviglancia

Desde el 21 de diciembre de 2021 se encuentra vigente la Resolución del Consejo Ejecutivo N° 58/021, que consolida los criterios de la Unidad para el tratamiento de imágenes en ámbitos específicos de la videovigilancia.
cámara de videovigilancia

La captación o grabación de imágenes constituye información personal, por lo que resulta de aplicación la normativa vigente sobre protección de datos personales.

Esta Resolución establece las reglas de implementación en el ámbito personal o doméstico, con fines de seguridad pública, en la actividad bancaria, en el ámbito laboral, en edificios o complejos habitacionales, en Entidades Públicas, en vehículos y similares, en instituciones educativas primarias y secundarias y en relación con drones.

Enlaces de interés:

Acceder a la Resolución N°58/021 sobre el uso de cámaras de videovigilancia en diversos ambientes.

Acceder a la Guía de Protección de Datos Personales

Etiquetas