Minería

Fechas para presentar declaraciones juradas de producción minera 2022/2

Del 11/4/2023 al 10/5/2023, los titulares de concesiones para explotar y permisos de exploración con autorización al amparo del art. 97 del Código de Minería tendrán plazo para presentar y pagar las declaraciones juradas on-line correspondientes al período 2022/2 (1/10/2022 al 31/3/2023).
Excavadora cavando una mina

La declaración jurada de producción minera se realiza en línea, a través del sistema Canon On Line.

Los pagos se realizan a través de transferencia bancaria o pago en redes de cobranza, mediante el sistema SPWeb.

Se recomienda leer la información sobre el trámite de declaración jurada y pago del canon de producción minera, así como el instructivo de las aplicaciones Canon On Line y SPWeb para realizar la declaración jurada de producción minera.

Los valores base (fictos) actualizados se encuentran en este enlace.

 

Sobre la atención presencial

El personal de las oficinas atenderá consultas puntuales (máximo 10 minutos por persona).

En la oficina Contralor Fiscal, se debe entregar la declaración jurada de guías papel confirmada y en triplicado con las correspondientes guías.

La declaración jurada no podrá realizarse presencialmente en las oficinas de la Dirección Nacional de Minería y Geología.

Están habilitadas las siguientes vías de comunicación para realizar consultas:

  • Para eGuias o guías papel, al correo de Contralor Fiscal (guias@miem.gub.uy). Teléfonos 2840 1234 internos 7739 o 7735.
  • Para Declaración Jurada de Producción: Liquidación de Cánones (lica@miem.gub.uy). Teléfonos 2840 1234 internos 7723 o 7720. 

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