Campaña 2026 de IASS

A partir del 9 de abril los contribuyentes de IASS tendrán disponible en nuestro portal el formulario de Declaración Jurada en línea con información precargada correspondiente al año 2025
Los jubilados y pensionistas que presenten Declaración Jurada, tendrán disponible en nuestro portal Web, un formulario con todos los ingresos por pasividades, pensiones y retenciones de las diferentes instituciones previsionales.
Estos datos no se pueden modificar. Sólo se podrá agregar, de una forma muy sencilla, los créditos por alquiler. Para ingresar al formulario se requiere tener una clave, en caso de no tenerla, se obtiene en las redes de cobranza presentando la cédula de identidad. También podrá ingresar con su identidad digital.
Asimismo, el contribuyente puede autorizar a un tercero a realizar la declaración jurada en su nombre, a través del servicio de Asignación de roles. Más información.
La presentación de la declaración jurada puede realizarse en plazo hasta el 31 de agosto de 2026.
La mayoría de los jubilados y pensionistas no están obligadas a presentar Declaración Jurada. ¿Quiénes están obligados a presentar declaración jurada del IASS?
Los pasivos que se hayan jubilado por el régimen de AFAP deben presentar la declaración jurada de IASS del año 2025 si sus ingresos anuales superan los $ 963.510, o sin haber superado dicho importe no presentaron el formulario 3800.
Chequear, confirmar y listo: la declaración de IASS en 3 pasos
A partir del 9 de abril brindaremos asistencia telefónica para presentar la Declaración Jurada de IASS
Si los contribuyentes tienen consultas sobre cómo completar el Formulario en línea del IASS, no es necesario que se trasladen a nuestras oficinas ya que podrán consultar telefónicamente al 1344 opción 4, en días hábiles en el horario de 9:30 a 15:30 horas.
A partir del 15 de abril brindaremos asistencia personalizada a jubilados y pensionistas
Los contribuyentes que deseen ser asistidos por DGI, deben agendarse previamente a través de nuestra web o por Whatsapp al 098 134400.
La agenda estará disponible a partir del 9 de abril.
A partir del 28 de mayo se cobrarán las devoluciones con origen en la declaración jurada
Las devoluciones estarán disponibles en redes de cobranza a partir del 28 de mayo. Quienes hayan comunicado a su banco la opción de devolución a través de la red bancaria tendrán disponible su crédito desde el 15 de mayo. Para verificarlo, consulte a su banco o en nuestro portal ingresando con su clave en Servicios en Línea / Consultas / Consulta detallada de Afiliación bancaria.
El estado de estas devoluciones podrá verificarse en Consulta de Devoluciones de Servicios en Línea, ingresando con su clave. También a través de Whatsapp al 098 134400.
A partir del 30 de junio comenzará el pago de las cuotas del saldo del impuesto
Los contribuyentes del IASS que presenten la declaración jurada hasta el 30 de junio, podrán abonar el saldo correspondiente al ejercicio 2025 en hasta 7 cuotas mensuales e iguales, de acuerdo al siguiente cuadro de vencimientos:
| 1ª cuota | 30 de junio de 2026 |
| 2ª cuota | 31 de julio de 2026 |
| 3ª cuota | 31 de agosto de 2026 |
| 4ª cuota | 30 de setiembre de 2026 |
| 5ª cuota | 30 de octubre de 2026 |
| 6ª cuota | 30 de noviembre de 2026 |
| 7ª cuota | 30 de diciembre de 2026 |
Quienes presenten la declaración jurada con posterioridad al 30 de junio, podrán abonar el saldo en hasta 5 cuotas.
Por su parte, la campaña personalizada de atención para el IRPF comienza el 29 de junio y finaliza el 31 de agosto.
Enlaces relacionados
