IRPF e IASS

Campaña de IRPF-IASS 2023

El 16 de junio comienzan las devoluciones automáticas para trabajadores dependientes y a partir del 27 de junio estará disponible el formulario de Declaración Jurada en línea con información precargada.
manos trabajando sobre un teclado de notebook

Consulta devoluciones

 A partir del 16 de junio comienzan las devoluciones automáticas para trabajadores dependiente

Un número importante de contribuyentes tienen un crédito para cobrar sin necesidad de realizar la Declaración Jurada. Lo pueden hacer a través del Banco que el contribuyente haya elegido o en redes de cobranza (Abitab y Red Pagos).
Más información sobre cómo cobrar las devoluciones.

A partir del 15 de junio está disponible la Consulta en línea que informa si se tiene devolución a cobrar en este año. Si se desea consultar el monto y estado de la devolución, puede hacerse en Servicios en línea/Devoluciones, ingresando con la Identidad digital. También a partir de esa fecha podrá consultarse por la app de DGI o por Whatsapp al 098 134400.

¿Cómo surgen las devoluciones automáticas?

 A partir del 27 de junio los contribuyentes de IRPF y IASS tendrán el formulario de Declaración Jurada en línea con información precargada

Contribuyentes de IRPF

Pueden realizar su declaración jurada con la  información precargada de su actividad del año 2022 a través de la app de DGI o accediendo a nuestro Portal Web, con su Identidad digital.
 
Los trabajadores dependientes podrán confirmarla o modificarla agregando deducciones, créditos por alquiler, corrigiendo ingresos o retenciones de una forma muy sencilla y rápida.

Los trabajadores independientes además deberán completar los ingresos y verificar pagos y retenciones por su actividad independiente.

La mayoría de las personas (contribuyentes) no están obligadas a presentar su Declaración Jurada. ¿Quiénes no están obligados a presentar declaración jurada de IRPF? 

Chequear, confirmar y listo: la declaración de IRPF en 3 pasos.

Si de la Declaración Jurada de IRPF surge un saldo a pagar, ¿cuándo se efectúa ese pago?
Si de la Declaración Jurada de IRPF surge un crédito a favor del contribuyente, ¿cómo se cobra?

¿Cómo obtener una Identidad Digital?

 
Contribuyentes de IASS

Los jubilados y pensionistas que presenten Declaración Jurada, tendrán en la página WEB de la DGI un formulario de Declaración Jurada con todos los ingresos por pasividades y pensiones, y retenciones de las diferentes instituciones previsionales. Estos datos no se pueden modificar. Sí se podrá agregar créditos por alquiler de una forma sencilla. Para ingresar al formulario sólo se requiere tener una clave, que en caso de no tenerla, se obtiene en las redes de cobranza presentando la Cédula de Identidad. También podrá ingresar con su identidad digital.

Los pasivos que se hayan jubilado por el régimen de AFAPS deben presentar la Declaración Jurada anual del IASS si sus ingresos superan el MNI ($ 840.345 en 2022).

La mayoría de las personas (contribuyentes) no están obligadas a presentar su Declaración Jurada. ¿Quiénes no están obligados a presentar declaración jurada del IASS?
  

Chequear, confirmar y listo: la declaración de IASS en 3 pasos

Si de la Declaración Jurada de IASS surge un saldo a pagar, ¿cuándo se efectúa ese pago?
Si de la Declaración Jurada de IASS surge un crédito a favor del contribuyente, ¿cómo se cobra?
 

 A partir del 27 de junio brindaremos asistencia telefónica para presentar la Declaración Jurada vía Web

Si los contribuyentes tienen dudas para completar el Formulario en línea del IRPF o IASS, no es necesario que se trasladen a nuestras oficinas ya que podrán consultar telefónicamente al 1344 opción 4, en días hábiles en el horario de 8:00 a 17:45 horas.
 

 A partir del 3 de julio brindaremos asistencia personalizada a trabajadores dependientes, jubilados y pensionistas

Si el contribuyente desea ser asistido por DGI, debe agendarse previamente por distintas vías: por Web, por Whatsapp al 098 134400 o llamando al 151 desde Montevideo y 2151 desde el interior, en el horario de 10:00 a 16:00 horas

La agenda estará disponible a partir del 30 de junio para todos los dígitos.

 

 A partir de fines de julio se cobrarán las devoluciones con origen en la declaración jurada

Luego de efectuados los controles correspondientes, podrán cobrarse las devoluciones dentro de las 2 o 3 semanas posteriores a la presentación de la declaración jurada, a través del Banco que el contribuyente haya elegido o en redes de cobranza (Abitab y Red Pagos).

En todos los casos se informará por SMS al celular registrado por el contribuyente si la devolución se encuentra disponible para cobrar o si presenta observaciones que surjan de los controles.
 
El estado de estas devoluciones podrá verificarse en Consulta de Devoluciones de Servicios en Línea, ingresando con la Identidad digital. También a través de la app de DGI o por Whatsapp al 098 134400.

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