Contribuyentes de IVA: gestión temprana para facilitar la regularización de incumplimientos tributarios

La DGI comenzó a enviar comunicaciones a empresas contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que iniciaron actividades a partir del 1.º de enero de 2025 y en las que se identificaron inconsistencias en la presentación de la declaración jurada o en el pago del impuesto correspondiente a los años 2025 y 2026, con base en la información disponible en el organismo
Los contribuyentes comprendidos recibirán un mensaje en la Bandeja de Comunicaciones, en el que se les informará sobre la situación detectada y las acciones que deberán realizar, en caso de corresponder. Estas pueden incluir la presentación de la declaración jurada, su reliquidación si ya fue presentada y el pago de las diferencias de impuesto.
Como en otras acciones de la DGI, quienes lo requieran contarán con el acompañamiento de un Ejecutivo de Atención Personalizada (EAP), en la forma indicada en la comunicación.
El objetivo es informar de manera temprana sobre las inconsistencias detectadas en contribuyentes que recién comienzan su actividad, para facilitar la regularización oportuna de su situación y evitar la acumulación de adeudos y sanciones, así como la necesidad de realizar trámites posteriores más costosos o enfrentar otras instancias de control que, en última instancia, podrían derivar en fiscalizaciones.
Aspectos a considerar para el cumplimiento tributario
Para determinar correctamente sus obligaciones tributarias, tanto de IVA como de otros impuestos, los contribuyentes deben tener en cuenta, entre otros elementos, la información de los CFE emitidos por ellos mismos y por terceros.
Los contribuyentes con ejercicio cerrado en 2025 disponen en Servicios en línea del formulario anual 2178 con datos precargados.
La información de los CFE de ventas está disponible en el Portal de e-factura, previo ingreso con usuario, en el menú Factura Electrónica/Producción/Consultas/Envíos CFE/CFC. La de los CFE de compras se consulta en Servicios en línea, en e-factura/Consulta de CFE recibidos.
Se recuerda que el IVA es un impuesto que paga el consumidor final al adquirir bienes o servicios. Las empresas deben liquidarlo y luego verterlo al Estado conforme a la normativa vigente.

