El registro de Sociedades por Acciones Simplificada (SAS) se realiza 100% en línea

El trámite de “Constitución y registro” se inicia en portal Gub.uy, con una identidad digital. Luego del pago de una tasa registral, se ingresan los datos requeridos para generar el estatuto de la sociedad, el que es firmado digitalmente por sus integrantes. Posteriormente a un proceso de revisión, se obtiene la confirmación de la inscripción en los tres organismos.
El servicio está habilitado para SAS cuyos socios, administradores y representantes sean únicamente personas físicas.
No comprende actividades agropecuarias ni conversiones o transformaciones a SAS.
Otras variantes no comprendidas en este trámite digital deberán realizarse con intervención de un escribano público y a través de los procesos habituales. Más información sobre requisitos de trámite.
Normativa relacionada
Art. 11 de la Ley 19.820. Constitución de la SAS
Arts.1 y 2 del Decreto 399/019