Conversión de una unipersonal en SAS total o parcialmente

Guías

Tramite de conversión de una unipersonal en SAS total o parcialmente, Ley 19820, Decreto 198/2021.

Plazo

  • La conversión dispondrá de un plazo de 30 (treinta) días a contar desde la fecha de la constitución (estatuto).
  • Para los casos de conversión total la clausura de unipersonal dispondrá de un plazo de 30 días a partir de la inscripción de la SAS en el RUT.

Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Lugar y modalidad

En Montevideo 

Presencial, con previa agenda web
  • En el Registro de Contribuyentes y Empresas Sarandi 570, Planta Baja. Debe reservar día y hora a través del servicio de agenda web BPS.
  • Local DGI Fernández Crespo 1534,Sector RUT, subsuelo. Debe reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.

En Interior

  • En las dependencias habilitadas con ventanilla única, según corresponda al domicilio constituido o en las dependencias de DGI y BPS en ese orden. Con agenda web DGI Interior en los lugares que exigen reserva previa.

Requisitos 

Conversión Total 

Formularios

  • Formulario 0351 Inscripción y actualización, en 3 vías, con timbre profesional, para el contribuyente unipersonal a convertir parcialmente.
  • Formulario 0355 Cancelación empresas y otras entidades en 3 vías, con timbre profesional, para el contribuyente unipersonal a convertir totalmente.
  • Formulario 0351 Inscripción y actualización en 3 vías, con timbre profesional, para la inscripción de SAS.
  • Formulario 0352 Personas físicas vinculadas, en 3 vías y/o formulario 0353 Personas jurídicas vinculadas, en 3 vías, según corresponda.
  • Formulario 0453 de inutilización de documentación si corresponde ,en 2 vías, con timbre profesional.

Los formularios deben contener los datos completos y firmas del representante legal, administrador o directores según corresponda.
 
Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
 
En los formularios 351 y 352 corresponde indicar el vínculo funcional (VF) según la integración establecida y la empresa por la que se aporte.

Para la inscripción de la SAS:
Para la clausura de unipersonal:
  • Adicionalmente completar en el formulario 0355, indicando en observaciones que se trata de una conversión total, marcando en causal por "venta” e identificando en el formulario mismo a la empresa sucesora.
  • Formulario 6351 o 6951 si se emite web (constancia de inscripción en RUT) de la unipersonal a convertir.
  • 2 Fotocopia de los documentos de identidad de los titulares.
  • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad.

Conversión parcial

Formularios

  • Formulario 0351 Inscripción y actualización en 3 vías, con timbre profesional y/o formulario 0352 Personas físicas vinculadas en 3 vías y/o formulario 0353 Personas jurídicas vinculadas en 3 vías según corresponda, para la inscripción de la SAS.
  • Formulario 0351 Inscripción y actualización en 3 vías, con timbre profesional para la unipersonal a convertir y/o formulario 0354 Actualización/Anexo de inscripción locales en 3 vías.

Los formularios deben contener los datos completos y firmas del representante legal, administrador o directores según corresponda.
 
Los formularios deberán ser escritos a máquina o con letra de imprenta. No pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

Para la inscripción de la SAS

Inscripción de una sociedad por acciones simplificada en formación (SAS)

Para la unipersonal a convertir parcialmente:
  • En el Formulario 0351 Inscripción y actualización indicar en antecedentes que se trata de una conversión parcial identificando la empresa sucesora.
  • Formulario 6351 o 6951 si se emite web (constancia de inscripción en RUT) de la unipersonal a convertir.
  • 2 Fotocopia de los documentos de identidad de los titulares.
  • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar 2 fotocopias de su documento de identidad.
 Aclaraciones:
  • En el domicilio fiscal se debe identificar en el formulario calle y número. En caso de no contar con número, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón. En los casos de domicilios en ruta, obligatoriamente deberá aportarse el Km y el número de padrón.
  • Las empresas deben informar el consejo de salarios correspondiente a su actividad, para su incorporación a la planilla de trabajo unificada. Esta información es necesaria para declarar el ingreso de trabajadores dependientes.
Constancia del trámite
  • Formulario 6351 Constancia de inscripción (Tarjeta de RUT.).

  • Formulario 6361 Confirmación de datos.

  • Copia sellada de los formularios presentados.

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