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Última actualización: 07/11/2025
Dirección General Impositiva - División Recaudación y Controles Extensivos

Conversión de una unipersonal en SAS total o parcialmente

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

Es el trámite mediante el cual una Unipersonal se convierte en una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) total o parcialmente cumpliendo con la obligación de informarlo a la Administración Tributaria.

Requisitos

Otros datos de interés

PLAZO:

  • Conversión Parcial: 30 (treinta) días a contar desde la fecha de la constitución (estatuto).
  • Conversión total: 30 días a partir de la inscripción de la SAS en el RUT para realizar la clausura de unipersonal
  • Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.


CONSTANCIA DEL TRÁMITE:               

  • Formulario 6361 Confirmación de Datos - Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales
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Costos

Conversión total:

  • Timbre profesional $ 260 del 01 de Julio 2025 al 31 de diciembre 2025.
  • Timbre profesional adicional si se presenta clausura de la empresa Unipersonal.
  • Timbre profesional adicional si corresponde presentar formulario 0453 - Inutilización de la documentación.

Conversión parcial:

  • Timbre profesional $ 260 del 01 de Julio 2025 al 31 de diciembre 2025.
  • Timbre profesional adicional si se presenta la modificación de la empresa Unipersonal.

Vías disponibles para realizar el trámite

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