Datos a ingresar en el Formulario 2104
Guías
Los datos del contribuyente que declara se ingresan en el programa Sigma cuando se crea el Sujeto Pasivo.
- Nombre o denominación: Es el nombre, denominación y/o razón social del contribuyente.
- No. De RUT: Es el número que otorga DGI al contribuyente en el momento de la inscripción.
Los datos de la declaración se completan en el programa Sigma al crear una nueva declaración o reliquidación.
- Período: Corresponde al último “mes” del período a declarar y “año” que se declara.
- Tipo de declaración: Se debe seleccionar si se trata de una declaración original (DJ con movimiento) o una reliquidación.
- Se debe indicar si el contribuyente no es residente y además que no tribute el Impuesto a la Renta de los No Residentes.
- Se debe indicar si se liquida o no el Impuesto al Patrimonio Agropecuario.
- Se debe indicar el tipo de sujeto pasivo que va a declarar, a saber: persona física, núcleo familiar o sucesión indivisa.
En el Panel 1 se informará, entre otras, las siguientes líneas:
- Línea 41: Se debe incluir el dinero en efectivo en moneda nacional y extranjera así como los metales preciosos al 31 de diciembre.
- Línea 42: Se deben incluir todos los créditos, documentados o no, a favor del contribuyente: colocaciones o depósitos no bancarios, préstamos, alquileres, arrendamientos, honorarios y otras cuentas a cobrar. Los créditos documentados mediante títulos valores (vales, pagarés, conformes, letras de cambio, etc.) están gravados plenamente.
- Línea 44: Se debe incluir el valor de las obligaciones nominativas emitidas por empresas, que no cotizan en la Bolsa de Valores.
- Línea 46: Se debe incluir el valor de los vehículos de transporte terrestre, marítimo o aéreo que posee el contribuyente al 31 de diciembre.
- Línea 49: Se debe incluir aquellos activos no incluidos anteriormente (entre otros, el valor del derecho de usufructo, nuda propiedad y derecho real de uso de inmuebles).
- Línea 50: Se debe seleccionar entre (1) “Ajuar-Corresponde”, (2) “Ajuar-No corresponde” o (3) “Ajuar-Otra base de cálculo” (en el último caso el importe del ajuar se debe ingresar en la línea 51).
- Línea 52 a 59: Se incluyen todos los activos que si bien son considerados exentos, se computan al sólo efecto del cálculo del ajuar.
- Línea 61: Se deben incluir los activos ubicados en el exterior.
- Línea 62: Se deben incluir los activos exentos que absorben pasivos (Artículo 23 del Título 14 del Texto Ordenado 2023).
- Línea 91: Se declaran los anticipos efectivamente realizados al momento de la declaración. En caso de que se haya optado por efectuar el Anticipo del Impuesto al Patrimonio de acuerdo a lo dispuesto en norma y linkear, se debe declarar el 80% y el restante 20% queda como saldo.
A continuación se indica qué información se debe declarar en el Panel 2 destinado a informar sobre los inmuebles del contribuyente, sean éstos urbanos y suburbanos y/o rurales rurales no afectados a explotaciones agropecuarias:
Nombre | Información a ingresar |
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Nro | La información se completa de forma automática por el propio formulario. |
Lin | Se debe ingresar el código 301 para inmuebles urbanos y suburbanos, ó el código 302 para inmuebles rurales no afectados a explotaciones agropecuarias. |
Dto | Se debe ingresar el código correspondiente al departamento en el cual se encuentre ubicado el inmueble (presionando la tecla F4 se despliegan los códigos disponibles). |
Loc | Se debe ingresar el código correspondiente a la localidad del departamento en la cual se encuentre ubicado el inmueble (presionando la tecla F4 se despliegan los códigos disponibles). |
Padrón | Se debe ingresar el número de padrón del inmueble correspondiente. |
Unid | Se debe ingresar el número de unidad del inmueble, en caso que corresponda. |
Blk | Se debe ingresar el número de block del inmueble, en caso que corresponda. |
E/S | Se debe ingresar “E” si es entrepiso o “S” si es subsuelo, de lo contrario se deja en blanco. |
Año | Se debe ingresar el año correspondiente al período que se esté liquidando. Recordar que si pongo un año diferente al que estoy liquidando debo completar la columna “Coefic.”, con el correspondiente coeficiente de actualización del valor del inmueble. |
Valor Real | Se debe ingresar el valor establecido por la Dirección Nacional de Catastro para la liquidación del Impuesto al Patrimonio. Recordar que si tomo un valor catastral diferente al año que estoy liquidando debo completar la columna “Coefic.”, con el correspondiente coeficiente de actualización del valor del inmueble. |
Coefic. | Se debe ingresar el coeficiente de ajuste del valor real de los inmuebles que corresponda. Si en la columna “Valor Real” se ingresó el valor establecido por la Dirección Nacional de Catastro correspondiente al ejercicio que estoy liquidando en la columna “Coefic.” se debe ingresar “1”. |
Ar. Anual x 15 | La columna se completa sólo si el inmueble se encuentra dado en arrendamiento al 31 de diciembre del año que se esté liquidando. |
Ded. Casa Hab. | Esta columna se completa siempre que se trate del inmueble destinado a casa-habitación del contribuyente. En este caso se ingresa el 50% del valor real del inmueble, con máximo equivalente al mínimo no imponible que corresponda. Téngase en cuenta que este beneficio se aplica a un sólo inmueble, y que las sucesiones indivisas no aplican esta deducción. |
Porc | Se debe ingresar el porcentaje de propiedad del inmueble. En caso de que este porcentaje sea diferente de 100, debe completar los datos del resto de los condóminos de dicha propiedad utilizando para ello el botón “Condóminos”. |
Dentro del botón Condóminos se desplegará un cuadro que deberá ser completado con la siguiente información:
Nombre | Información a ingresar |
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Tipo | Se debe ingresar el código “2” para RUT (cédula, RUC o NIE) o código “1” para otro tipo de documento. |
Documento | Se debe ingresar el número de documento del condómino que se esté informando, tomando en cuenta para ello el código señalado en la columna “Tipo”. |
Primer Apellido o Denominación | Se debe ingresar el primer apellido o la denominación del condómino que se esté informando. |
Primer Nombre | Se debe ingresar el primer nombre del condómino que se esté informando. |
Porcentaje | Se debe ingresar el porcentaje de propiedad que tiene sobre el inmueble el condómino que se esté informando. |
Téngase en cuenta que el total de la información ingresada en el Panel 2 se visualizará en las siguientes líneas:
- El total de los inmuebles urbanos y suburbanos figura en la línea 301.
- El total de los inmuebles rurales no afectados a explotaciones agropecuarias figura en la línea 302.
En el Panel 3 se incluirá el detalle del patrimonio comercial y/o industrial de un contribuyente, completándose de forma automática la línea 303. Téngase en cuenta que se debe individualizar cada una de las participaciones declaradas.
En los Paneles 5, 6 y 7 se debe incluir toda la información requerida para la liquidación del Impuesto al Patrimonio Agropecuario y su correspondiente Sobretasa. Estos paneles se desplegarán únicamente cuando al momento de crear la declaración se seleccionó la opción “Si” en el campo “Con Impuesto al Patrimonio Agropecuario”.
Por último, en el Panel 8 figurará el resumen final de la liquidación, a saber:
- Línea 406: Impuesto al Patrimonio liquidado.
- Línea 407: Crédito de Impuesto al Patrimonio, expresado en valores negativos.
- Línea 408: Sobretasa del Impuesto al Patrimonio liquidado.
- Línea 409: Crédito de Sobretasa del Impuesto al Patrimonio, expresado en valores negativos.
- Línea 410: Crédito total que surge de la declaración jurada.