Inscripción de una sociedad de hecho Monotributo Social MIDES
Guías
Plazo
Trámite web
- La inscripción se podrá realizar dentro del mes en curso de inicio de actividades.
- Cuando el inicio de actividades recaiga sobre el mes siguiente al corriente, la inscripción se podrá realizar con carácter previo al inicio de actividades de hasta 10 días, a partir del día 25 del mes en curso.
- Una vez confirmada la solicitud se envía al correo electrónico de cada integrante para que den su conformidad a la inscripción de la empresa. Para ello, cuentan con 72 horas hábiles. Una vez transcurrido el plazo, de no contar con la aprobación de todos los integrantes de la sociedad, la inscripción quedará sin efecto y se deberá ingresar una nueva solicitud.
Trámite Presencial
- La inscripción se realiza con carácter previo, dentro de los 10 días anteriores y hasta el inicio de actividades.
Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.
Lugar y modalidad
Trámite web
En Montevideo e Interior.
- El trámite se ingresa en línea, desde la web de BPS.
- Todos los integrantes deberán contar con:
- Usuario.gub.uy con nivel de seguridad intermedio – verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de identidad digital (es necesario contar con lector de cédula)
- Identidad Digital - Abitab
- TuID – Antel
- Usuario.gub.uy con nivel de seguridad intermedio – verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- En caso de no contar con los anteriores, deberá contar con usuario persona de BPS.
Acceder a la web de BPS, servicios en línea BPS – Inscribir Empresa.
Presencial, con previa agenda web
En Montevideo:
En el Registro de Contribuyentes y Empresas Sarandi 570, Planta Baja.
- Agendarse previamente desde el instructivo en la web de BPS donde al final del mismo, podrá seleccionar:
- Departamento: Montevideo.
- Lugar: Asesoría Tributaria y Recaudación (ATYR), donde podrá visualizar las agendas disponibles.
- Concurrir el día y hora previamente agendado, con la documentación solicitada.
En Interior:
- Los contribuyentes con domicilio constituido en Interior, deberán iniciar el trámite de inscripción a través de la web de DGI, para lo cual alguno de sus titulares deberá contar con Usuario gub.uy con nivel de seguridad intermedio - verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
- Cédula de identidad digital (es necesario contar con lector de cédula)
- Identidad Digital - Abitab
- TuID – Antel
- Una vez logueado, deberá ingresar a Servicios en Línea:
- Trámites - Solicitud de inicio.
- Completar los datos requeridos, y seleccionar RUT DGI – BPS - Inscripción Pluripersonales - Domicilio Constituido Interior.
- Adjuntar la documentación requerida en los requisitos específicos en persona.
- Una vez procesada la información se le asignará a través del mail consignado en el trámite, agenda presencial para que concurra con la documentación original a los efectos de dar culminación al trámite.
Aclaraciones:
El trámite no requiere timbre profesional .
Requisitos
Podrán quedar incluidos en este régimen, quienes producen y comercializan bienes, quienes solamente comercializan y quienes prestan servicios, aún cuando no existe combinación de capital y trabajo, y cumplan con las siguientes condiciones:
- Vivan en hogares que estén en situación de vulnerabilidad social y que cumplan con una de estas dos realidades:
- Integren hogares que se encuentren por debajo de la línea de pobreza que determina el Instituto Nacional de Estadística (INE)
- Integren hogares en situación de vulnerabilidad socioeconómica en los términos a los que refiere el artículo 2º de la Ley Nº 18.227, de 22 de diciembre de 2007 y su reglamentación.
- Produzcan y comercialicen bienes o presten servicios de cualquier tipo, con las siguientes excepciones:
- Servicio Doméstico
- Industria de la Construcción (Decreto Ley 14.411). No obstante, se encuentran habilitadas para el Monotributo Social MIDES las pequeñas obras de mantenimiento como albañilería, sanitaria, yeso, aberturas, reparaciones, etc.
- Tengan emprendimientos:
- Personales; unipersonales.
- Asociativos; sociedades de hecho, integrados por un máximo de 5 socios.
En ninguno de los casos podrán tener personal dependiente, ni cónyuge colaborador.
- Ejerzan una única y exclusiva actividad de afiliación patronal, no pudiendo ser integrantes inactivos (titular y cónyuge o concubino colaborador) de cualquier tipo de sociedad personal o tenga la calidad de director de sociedades anónimas aún cuando permanezcan inactivos.
- No es posible realizar la explotación de más de un puesto o de un pequeño local simultáneamente.
- Límite de ingresos; los ingresos derivados de la actividad no deben superar en el ejercicio:
- Para empresas unipersonales el 60 % del límite establecido en el literal E del art. 66 del Título 4 del Texto Ordenado 2023.
- Para sociedades de hecho: el límite ascenderá al 100% del monto establecido en el referido literal E): 305.000 UI.
Aclaraciones:
- Es compatible el registro de una persona en más de un emprendimiento como Monotributo Social MIDES.
- El trámite se inicia en el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), que tiene a su cargo determinar si las personas cumplen con las condiciones socioeconómicas que lo habilitan a estar incluido en el presente régimen. Luego de estar autorizado por el MIDES, podrá realizar la inscripción ante BPS/DGI.
- Para poder dar trámite a la solicitud la autorización que otorga el MIDES, no podrá superar el año desde su otorgamiento.
- Los socios o los representantes deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional consultar instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
Formularios
- Formulario 0356 Inscripción y actualización Monotributo Social Mides, en 3 vías y doble faz.
El formulario deberá estar correctamente legible y no puede contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.
El Formulario deberá presentarse únicamente cuando el trámite se realiza en forma presencial.
Documentación a presentar
Trámite web
- Toda la información necesaria para el registro se completa en línea, por lo que no requiere presentación de documentación alguna.
Presencial
- Dos copias del documento de identidad de los titulares que no concurran; si asistieran, alcanza con exhibir su documento vigente. Excepción al Decreto 353/23 en proceso de la adecuación correspondiente, en revisión por Agesic. En caso de documentos extranjeros deberá presentar dos copias del mismo.
- Factura reciente (de no más de 60 días) de empresas públicas (UTE, ANTEL, OSE, etc.) o privadas (estados de cuenta de tarjetas de crédito, mutualistas, TV cable, etc.) a nombre alguno de los titulares donde figure el domicilio particular para el caso de feriantes y ambulantes, o del domicilio fiscal donde desarrolla la actividad en demás casos, adjuntando 2 fotocopias del mismo. En caso de no tener una factura que cumpla con esas condiciones, presentar la constancia de domicilio expedida por la Seccional Policial y una fotocopia.
Aclaraciones:
- En el formulario se debe indicar el domicilio fiscal, identificando calle y número de puerta. En caso de no contar con número de puerta, o en los casos de domicilios en Ruta, obligatoriamente deberá aportarse el número de padrón, y/o el Km y el número de padrón según corresponda.
- Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, deberá presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.
Enlaces relacionados
- Formulario 0356 Inscripción y actualización Monotributo Social Mides
- Titulo 6 del Texto Ordenado de 2023.
- Ley 18.227 del 22 de diciembre de 2007