Modificación de la administración o representación de una entidad con contrato en el RUT

Guías

Es el trámite mediante el cual se cumple con la obligación formal de comunicar a la Administración Tributaria la modificación respecto de la cláusula de Administración y Representación del contrato social de sociedades personales.

Plazo

Hasta 30 días corridos a partir de la fecha del cambio.
Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Lugar y modalidad

En Montevideo

  • Si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, se gestiona a través de Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, donde previo logueo, deberá seleccionar el trámite “Modificación contribuyente común BPS-DGI” e identificar el tipo de trámite a realizar.
  • Si el titular, representante o administrador no cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente, se gestiona a través de Solicitar trámite registral, donde previo logueo, deberá seleccionar Registro de contribuyentes Comunes BPS-DGI/ Modificación o Clausura/ Planteos registrales vinculados a domicilio electrónico (DOMEL) .

En ambos casos, debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.

Esta gestión no requiere etapa presencial si el titular, representante o administrador cuenta con usuario autenticado asociado al contribuyente que realiza la gestión. De lo contrario, DGI podrá requerir etapa presencial, enviando una notificación a la dirección de correo electrónico ingresada en el trámite.

Aclaración: No debe adjuntar timbre profesional ya que su costo será incluido en la próxima factura de obligaciones de BPS.

  • Presencial, con previa agenda web

En Montevideo

En el local DGI, en la calle Fernández Crespo 1534, sector RUT subsuelo. Debe reservar día y hora a través del servicio de agenda web DGI.
Sector REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO – RUT, seleccionar el Departamento correspondiente a su domicilio constituido y el trámite ATENCIÓN PERSONALIZADA RUT.

 

  • Los Formularios requeridos para el trámite deberán presentarse en tres vías de las cuáles al menos dos deberán ser originales.
  • La modificación del contrato social con tres copias.
  • certificado Notarial deberá presentarse el original y dos copias.
  • El trámite requiere un timbre profesional debidamente pegado e inutilizado.
En Interior

No aplica.

 

Requisitos

Formularios

  • Formulario 0352 Personas físicas vinculadas y/o 0353 Personas jurídicas vinculadas según corresponda.
  • Formulario 205 BPS Declaración de sueldos fictos, excepto contribuyentes rurales.

Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.

Documentación adicional a presentar

  • Original o copia autenticada de la modificación del contrato social.
  • Si la nueva administración involucra a un tercero que no integraba la sociedad, se requiere certificación notarial conteniendo:
    • Firmas del socio, administrador o director que ingresa.
    • Datos individualizantes:
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
      • Documento de Identidad, tipo, país de origen y número.
      • Fecha de nacimiento.
      • Estado civil.
      • Nacionalidad.
      • Mayoría de edad.
      • Domicilio particular. Si no lo tuviera, deberá establecer un domicilio en el país.
    • Administración y representación.
    • En caso que la administración y representación corresponda a directores, establecer que son los únicos.
    • En caso de persona jurídica administradora o representante, nombrar a la persona física a través de la cual actuará, artículo 82 Ley 16060.
    • En caso de persona jurídica administradora o representante, será necesario además el control de personería, representación y domicilio fiscal de la misma.
    • Fecha de la modificación, haciendo referencia al acta o documento privado donde se establece el cambio, documento del que surge el cambio.
Aclaración
  • Se deberá establecer en los formularios correspondientes las altas, bajas y permanencias de los integrantes y apoderados de corresponder.
  • Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe adjuntar el comprobante del pago de la multa de DGI.
  • Los representantes que no tienen restricciones en su actuación, deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional ver instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.

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