Modificaciones de representaciones diplomáticas: embajadas, consulados.

Guías

Es el trámite mediante el cual las representaciones diplomáticas extranjeras cumplen con la obligación formal de modificar sus representantes ante la Administración Tributaria.

Plazo

Hasta 30 días corridos a partir de la fecha de designación del nuevo representante. Corresponde tener presente que el no cumplimiento de los plazos genera sanciones.


Lugar y modalidad


En Montevideo e Interior


En línea desde la web de BPS: 

El trámite se ingresa en línea desde la web de BPS.
Para realizar este trámite el representante debe: 

  • Contar con Usuario.gub.uy con nivel de seguridad intermedio – verificado u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser: 
    • Cédula de identidad digital, es necesario contar con lector de cédula.

    • Identidad Digital  - Abitab

    • TuID – Antel

  • Contar con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente que realiza la gestión.
  • Cuando el representante o apoderado cuenta con usuario autenticado de BPS asociado al contribuyente: Se gestiona a través de Iniciar solicitudes de trámites de ATYR, donde previo logueo deberá:
    • Seleccionar el trámite “Modificación contribuyente común BPS DGI” 
    • Identificar el tipo de trámite a realizar.
  • Cuando el cambio de representante implica la modificación del contribuyente con representación:
    Se gestiona a través de Solicitar trámite registral, donde previo logueo deberá seleccionar: Registro de Contribuyentes Comunes BPS-DGI - Modificación o Clausura – Cambio total de integrantes.
  • En ambos casos, debe completar los campos requeridos y adjuntar la documentación escaneada establecida en los requisitos del trámite.

Aclaraciones:

Presencial, con previa agenda web

En Montevideo
  • Reservar día y hora a través del servicio de Agenda web DGI Sector Registro único Tributario,  RUT.
  • Seleccionar el Departamento: Montevideo - Trámite ATENCIÓN PERSONALIZADA RUT.
  • Podrá seleccionar día y hora para concurrir personalmente.

En Interior  
  • No aplica modalidad presencial


    Requisitos


    Formularios

  • Formulario 0352 - Actualización / Anexo de inscripción de personas físicas vinculadas, en tres vías de las cuales al menos dos deberán ser originales, y en doble faz.

Los formularios deberán estar correctamente legibles y no pueden contener enmendaduras, salvo que se encuentren debidamente salvadas por quienes suscriben la declaración.


Documentación a presentar

 

  • Pasaporte diplomático. El mismo podrá ser sustituido por Carné diplomático emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores ó Certificado notarial en el que deberá certificarse: 
    • Firma de los representantes.
    • Datos individualizantes de los representantes:
      • Nombre, debiendo establecerse si no tiene segundo apellido.
      • Documento de Identidad, tipo, país de origen y número.
      • Estado civil.
      • Nacionalidad.
      • Capacidad legal
      • Domicilio particular.
         

Aclaraciones:

  • En el caso de presentar carné diplomático ó certificado notarial, obligatoriamente se deberá completar en el Formulario 0351 ó 352 según corresponda, en “Persona Física a vincular”,  el campo Fecha de Nacimiento. 
  • Los representantes que no tienen restricciones en su actuación deben constituir domicilio electrónico ante BPS. De requerir información adicional consultar instructivo: Constituir domicilio electrónico para recibir notificaciones del contribuyente.
  • Si el trámite se realiza fuera del plazo establecido, se debe adjuntar o presentar el comprobante del pago de la multa de DGI.

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