Momento en el cual los contribuyentes No CEDE pueden solicitar el certificado único

Guías

¿En qué momento los contribuyentes No CEDE pueden solicitar el certificado único (CVA)?.

En caso de no haber ingresado en el proceso de renovación automática, se podrá solicitar el CVA desde el 1 día del mes en que venza el mismo.
 
Contribuyentes con condición INAC: a partir de los 5 días hábiles anteriores al vencimiento.
 

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